Seguridad Social compensará el gasto de adelantar la jubilación en trabajos penosos subiendo las cotizaciones sociales

El coste de poder acceder a la jubilación desde los 52 años sin recortes en la pensión correrá a cargo de las empresas y de los empleados. El proceso para la concesión de coeficientes reductores es complejo y prácticamente exige que haya acuerdo previo entre ambas partes

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Las limpiadoras de hoteles son uno de los colectivos que piden la aplicación de coeficientes reductores de la edad de jubilación. (Glòria Sánchez / Europa Press)
Las limpiadoras de hoteles son uno de los colectivos que piden la aplicación de coeficientes reductores de la edad de jubilación. (Glòria Sánchez / Europa Press)

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha colgado en información pública el proyecto del nuevo real decreto que regulará el procedimiento para establecer coeficientes reductores de la edad ordinaria de jubilación en trabajos “excepcionalmente” penosos, tóxicos, peligrosos o insalubres. Este paso previo a la aprobación de la norma, que fue previamente acordada con patronal y sindicatos a finales del mes de julio, llega unos días antes de la primera jornada de huelga de los transportistas, convocada para reclamar la jubilación anticipada con coeficientes reductores y sin recorte de la pensión. No obstante, como la solicitud de este colectivo se realizó en 2011, su tramitación seguiría rigiéndose por la norma anterior, por lo que no les afectaría esta reforma si no presentan una nueva solicitud.

El documento detalla los nuevos requisitos para solicitar los coeficientes reductores y avanza el impacto presupuestario previsto, aunque este dependerá de cada uno de los procesos que se inicien y prosperen. No obstante, el ministerio ya adelanta que la implantación de coeficientes reductores llevará consigo un incremento en la cotización a la Seguridad Social que consistirá en “aplicar un tipo de cotización adicional sobre la base de cotización por contingencias comunes, tanto a cargo de la empresa como del trabajador”. En consecuencia, prevé que el impacto presupuestario en sea “neutro” al compensar los mayores gastos de adelantar la pensión con incremento de ingresos y garantizará así “el equilibrio financiero del sistema”.

De esta manera, el coste de anticipar las jubilaciones sin recortes recaería íntegramente en las empresas y los trabajadores, que tendrán un aumento de los costes laborales, en el primer caso, y verán retenido mayor parte de su sueldo en el segundo. Si el trabajador es autónomo y accede a un coeficiente reductor, asumirá completamente el coste. No obstante, el ministerio sí contempla un ligero aumento de los gastos por el nuevo personal que deberá destinar a sistematizar los procesos de elaborar informes de morbilidad y siniestralidad de las ocupaciones que soliciten los coeficientes.

A diferencia de los informes que se realizaban hasta la fecha, los nuevos contendrán más indicadores porque se incluye el análisis de los procesos de incapacidad temporal por contingencia común. “Este proceso implica una carga significativa de trabajo para la implementación del procedimiento, especialmente considerando que se prevé un elevado número de solicitudes al inicio y los plazos son ajustados” (seis meses desde el registro de la solicitud). Por ello, Seguridad Social prevé contratar profesionales de la estadística y del análisis de datos por un importe estimado de 163.739 euros. Como consecuencia de estos mayores indicadores a analizar, también aumentarán las cargas administrativas del proceso por un importe estimado de 16.053 euros.

Jubilación a partir de los 52 años con acuerdo entre empresarios y trabajadores

Según el decreto, se podrá establecer coeficientes reductores en las ocupaciones que registren un elevado índice de morbilidad o siniestralidad a partir de una determinada edad o en las que experimenten estos fenómenos independientemente de la edad. Una vez conseguidos, los coeficientes darán acceso a la pensión de jubilación a partir de los 52 años y se revisarán cada diez años, pudiendo modificarse o eliminarse si las condiciones por los que fueron dados mejoran.

Por otra parte, la nueva norma modifica el procedimiento de solicitud y exige que tanto los empresarios como los trabajadores estén de acuerdo en solicitar el coeficiente, a diferencia de lo que establecía el anterior real decreto de 2011, que permitía presentar la solicitud individualmente. “En este real decreto la legitimación exige la presentación conjunta de la solicitud por ambas partes”, señala, aunque continúa la opción de que la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social inicie un trámite de oficio “cuando individualmente las partes lo pidan”, algo que nunca ha prosperado hasta ahora.

Adicionalmente, se dispone que cuando el real decreto entre en vigor se constituirá, en el plazo de tres meses, un grupo de trabajo con patronal y sindicatos para analizar la dimensión de género en la fijación de coeficientes reductores y se elaborará un informe en los seis meses siguientes sobre las ocupaciones que podrían acceder a los coeficientes reductores.

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