Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) se han convertido en un elemento esencial en el esfuerzo por reducir las emisiones contaminantes en nuestro país. Implementadas en respuesta a la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, estas áreas restringen el acceso a vehículos altamente contaminantes en núcleos urbanos de más de 50.000 habitantes, y municipios de más de 20.000 habitantes que superan los límites de contaminación. El objetivo era implementar estas restricciones en todo el territorio español antes de 2023, pero en vista de que muchas comunidades continúan con los deberes sin hacer, se prorrogó 18 meses.
Según datos del mapa oficial de Zonas de Bajas Emisiones del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, tan solo 18 ciudades y municipios tienen establecida y en funcionamiento la ZBE. Esto quiere decir que solo 18 ciudades de más de 150 cumplen con la norma. Por su parte, 111 ya han iniciado su tramitación, pero 24 no han presentado ningún plan de restricciones todavía. La ZBE de Bilbao ha sido la última que entró en vigor, el pasado 15 de junio de 2024.
En lugares como Madrid, las restricciones varían por zonas, mientras que en Barcelona la normativa se basa en horario laboral. Cada ZBE es única, ya que “la propia normativa da ‘carta libre’ a cada núcleo poblacional en la delimitación de sus particularidades y circunstancias”. Esto implica que no hay una normativa homogénea a nivel nacional, y los ciudadanos deben consultar las regulaciones específicas de la ciudad en la que residen o desean visitar. Las multas por violar las restricciones de las ZBE pueden variar por localidad, aunque generalmente “serán de 200 euros con reducción a 100 euros por pronto pago”.
En el caso de la capital, desde el 1 de julio de 2024, los turismos con etiqueta A (la más contaminante), que no estén empadronados en Madrid antes del 1 de enero de 2022 o que no estén dados de alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) tienen prohibido el acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid. La ordenanza establece que a partir de 2025 no podrán circular ningún vehículo con etiqueta A salvo vehículos de emergencias, los vehículos con el distintivo de ‘históricos’ y los vehículos especialmente adaptados para ser conducidos por o trasladar personas con movilidad reducida acreditados.
Las restricciones en la etiqueta B, a distintas velocidades
Por ahora, la ZBE madrileña se encuentra en medio de un embrollo judicial después de que el Tribunal Superior de Justicia la anulase en una sentencia. No obstante, al no ser todavía firme, el delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, Borja Carabante, avisó que a día de hoy las restricciones siguen vigentes, por lo que no se anularán las multas impuestas en base a la jurisprudencia y el Ayuntamiento estudia un posible recurso de casación.
Al tiempo que la ZBE permanece como una incógnita en unas comunidades, en otras ya visualizan el siguiente paso: el veto generalizado a los vehículos con etiqueta B. Es el caso de Cataluña, que se perfila como la primera comunidad autónoma en aplicar esta normativa sobre el segundo nivel más contaminante. A partir del 1 de enero de 2026, estos coches no podrán circular por ninguna ZBE de la comunidad en días con alertas de contaminación por dióxido de nitrógeno (NO2). Desde el 3 de enero de 2028, la prohibición será total y permanente.
Al caso catalán le seguirán otras comunidades como Baleares, que prohibirá el distintivo ambiental B en 2027, para después extenderlo a la etiqueta C en 2030. Bilbao hará lo propio en abril de 2025, Málaga en 2027 y San Sebastián en 2028.