El cambio del SEPE a partir de noviembre por el que te pueden cancelar la prestación por desempleo

El objetivo de esta modificación legal es asegurar que todos los beneficiarios de prestaciones por desempleo cumplan con sus obligaciones fiscales, lo que permitirá un mejor control y seguimiento de las ayudas otorgadas

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Una mujer con paraguas pasa por la oficina del paro de Paseo de las Acacias, a 26 de octubre de 2023, en Madrid (España). (Carlos Luján - Europa Press)
Una mujer con paraguas pasa por la oficina del paro de Paseo de las Acacias, a 26 de octubre de 2023, en Madrid (España). (Carlos Luján - Europa Press)

A partir del próximo 1 de noviembre, todos los desempleados que hayan recibido la prestación por desempleo en España estarán obligados a presentar la declaración de la renta en 2025, independientemente de si alcanzan el umbral de ingresos que normalmente exige dicha declaración. Esta nueva normativa queda recogida en el Real Decreto Ley 2/2024, publicado el pasado mes de mayo, que modifica el artículo 299 de la Ley General de la Seguridad Social.

La prestación por desempleo, comúnmente conocida como “paro”, es una ayuda contributiva proporcionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esta prestación está destinada a proteger a las personas que, estando en condiciones de trabajar, pierden su empleo de manera temporal o definitiva, o experimentan una reducción significativa de su jornada laboral. Para acceder a esta ayuda, es necesario cumplir con ciertos requisitos, como estar afiliado a la Seguridad Social, estar en situación legal de desempleo, buscar activamente empleo y haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años.

La nueva obligación de presentar la declaración de la renta se asemeja a la ya existente para los beneficiarios del ingreso mínimo vital (IMV), quienes también deben presentar su declaración fiscal anual. Esta medida es independiente del umbral de ingresos que fija la normativa del I.R.P.F, que actualmente se sitúa en 22.000 euros con un solo pagador, lo que significa que incluso aquellos que no alcancen este límite deberán cumplir con la nueva normativa.

El objetivo de esta modificación legal es asegurar que todos los beneficiarios de prestaciones por desempleo cumplan con sus obligaciones fiscales, lo que permitirá un mejor control y seguimiento de las ayudas otorgadas. Además, esta medida busca alinear las obligaciones fiscales de los desempleados con las de otros perceptores de ayudas sociales, como los beneficiarios del IMV.

La implementación de esta normativa comenzará a afectar a las declaraciones de renta del próximo año, por lo que los beneficiarios de la prestación por desempleo deberán prepararse para cumplir con esta nueva exigencia fiscal. La medida ha sido anunciada como parte de un esfuerzo más amplio para mejorar la transparencia y la eficiencia en la gestión de las prestaciones sociales en España.

Los parados que no informen a Trabajo de viajes al extranjero perderán su prestación por desempleo.

Sanciones por no presentar la declaración

No presentar la declaración de la renta puede acarrear sanciones para los trabajadores. En este caso, existen dos escenarios posibles.

Si la declaración resulta con saldo a pagar, el contribuyente tendrá que abonar la cantidad correspondiente junto a una multa que puede oscilar entre el 50% y el 150% de lo adeudado, pudiendo aumentar si Hacienda considera que ha habido un perjuicio económico o es una situación reincidente.

Por otro lado, quienes tienen derecho a una devolución y no presentan la declaración, ya sea por desconocimiento o desinterés, también se exponen a una sanción que podría alcanzar los 200 euros. Esto puede llevar a que, si la devolución es menor que la multa, el contribuyente termine debiendo dinero a pesar de haber tenido inicialmente un saldo a favor.

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