Cuáles son las diferencias entre la separación y el divorcio si vas a cobrar la pensión de viudedad

La separación y el divorcio, aunque en ocasiones se utilicen de manera indistinta, tienen implicaciones legales diferentes en España

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Pareja formalizando su divorcio en
Pareja formalizando su divorcio en un documento (Freepik)

La pensión de viudedad es una prestación económica destinada a los cónyuges supervivientes tras el fallecimiento de su pareja. Sin embargo, las condiciones para acceder a ella varían significativamente si el cónyuge superviviente está separado o divorciado legalmente. La separación y el divorcio, aunque en ocasiones se utilicen de manera indistinta, tienen implicaciones legales diferentes en España, especialmente en el acceso a esta pensión. Entender estas diferencias es clave para saber cómo podría influir la situación conyugal en la posibilidad de cobrar la pensión de viudedad.

Diferencias entre separación y divorcio

La separación legal implica que la pareja decide cesar la convivencia y los deberes matrimoniales, pero sin disolver el vínculo matrimonial. En otras palabras, los cónyuges siguen estando legalmente casados, aunque hayan dejado de vivir juntos. Durante el periodo de separación, los cónyuges pueden acordar temas importantes como la custodia de los hijos, la pensión alimenticia y el uso de la vivienda familiar. Este proceso puede realizarse mediante acuerdo mutuo o de manera unilateral si una de las partes lo solicita.

Por otro lado, el divorcio pone fin de manera definitiva al matrimonio, disolviendo el vínculo legal entre los cónyuges. Esto significa que, a diferencia de la separación, el divorcio permite a los ex cónyuges contraer nuevas uniones si lo desean. Para acceder a un divorcio, es necesario que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo que existan situaciones graves que pongan en riesgo la vida, la libertad o la integridad física de uno de los cónyuges.

Ambos procesos pueden realizarse de mutuo acuerdo o de manera contenciosa. En el caso de la separación, los cónyuges pueden reconciliarse y reanudar la convivencia sin necesidad de volver a casarse, pero en el divorcio esto no es posible. Si las partes deciden reanudar su relación tras un divorcio, deberán casarse nuevamente. Estas diferencias son esenciales para comprender cómo cada situación afecta al acceso a la pensión de viudedad.

Requisitos para cobrar la pensión de viudedad tras una separación o divorcio

El acceso a la pensión de viudedad depende de diversos factores, pero uno de los principales es el estado civil del beneficiario en el momento del fallecimiento del cónyuge. En este sentido, las diferencias entre separación y divorcio juegan un papel crucial en los requisitos necesarios para acceder a la pensión.

  • Separación legal: Si los cónyuges están separados de manera legal, pero no han disuelto su vínculo matrimonial, el superviviente puede acceder a la pensión de viudedad, sin necesidad de cumplir requisitos adicionales, más allá de no haberse casado nuevamente. Al no haber ruptura del vínculo matrimonial, la persona separada legalmente sigue siendo considerada el cónyuge del fallecido, lo que le da derecho a recibir la pensión en su totalidad.
  • Divorcio: En el caso de los cónyuges divorciados, el acceso a la pensión de viudedad está condicionado a que el beneficiario perciba una pensión compensatoria. Esta pensión es un importe que uno de los cónyuges debe abonar al otro tras el divorcio, destinado a garantizar la subsistencia del excónyuge que tiene menos recursos económicos. Si no se percibe esta pensión compensatoria, el divorciado no tendrá derecho a la pensión de viudedad.
Qué pasa con la pensión de viudedad cuando fallece la persona que la recibía.

En caso de que el fallecido hubiera contraído nuevas nupcias, la pensión de viudedad se repartirá entre el cónyuge superviviente y el excónyuge. El porcentaje exacto dependerá de varios factores, pero el excónyuge divorciado tiene derecho a recibir al menos un 40% de la pensión, siempre que cumpla con los requisitos mencionados.

Situaciones especiales: parejas de hecho y pensión de viudedad

Es importante destacar que la pensión de viudedad también puede ser percibida por las parejas de hecho, aunque bajo circunstancias diferentes a las de los matrimonios. Para poder acceder a esta prestación, la pareja de hecho debe haber formalizado su unión al menos dos años antes del fallecimiento y haber convivido durante un mínimo de cinco años. Además, es necesario cumplir con otros requisitos, como la falta de ingresos propios o haber tenido hijos en común. Si no se cumplen estos requisitos, la pensión de viudedad no podrá ser percibida por la pareja de hecho.

En cuanto a las personas divorciadas o separadas judicialmente, la situación es diferente si la separación no fue legalmente formalizada. Si los cónyuges seguían figurando como casados en el Registro Civil, el excónyuge podría tener derecho a la pensión de viudedad si cumplía con otros requisitos, como haber tenido hijos en común o haber convivido durante al menos dos años.

Importe de la pensión de viudedad

En términos generales, la cuantía de la pensión de viudedad suele ser del 52% de la base reguladora, aunque puede aumentar hasta el 70% en caso de que el beneficiario tenga cargas familiares. En situaciones donde el fallecido haya contraído nuevas nupcias, la pensión se dividirá entre el cónyuge superviviente y el excónyuge divorciado, garantizando al menos un 40% de la prestación a favor del último cónyuge.

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