
El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia que permite que los empleados públicos que formen una familia monoparental extiendan sus permisos de paternidad o maternidad de 16 a 26 semanas, con el fin de evitar la discriminación de los menores recién nacidos. Así lo ha dictado la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que ha reconocido el derecho a esta ampliación, basándose en la interpretación del artículo 49 del Estatuto Básico del Empleado Público (TRLEBEP).
El caso fue iniciado por una profesora de Valladolid, a quien la Dirección Provincial de Educación le denegó la ampliación del permiso de maternidad de 16 a 24 semanas, debido a su condición de familia monoparental. Inicialmente, un juzgado de lo Contencioso-Administrativo le dio la razón, considerando que la aplicación de la normativa vigente, basada en un modelo de familia biparental, era discriminatoria. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anuló dicha sentencia y confirmó la resolución administrativa.
Para resolver el caso, el Supremo interpretó el artículo 49 del Estatuto Básico del Empleado Público, que regula los permisos de nacimiento tanto para la madre biológica como para el otro progenitor. Este artículo concede 16 semanas de permiso para la madre, de las cuales 6 son obligatorias para ambos progenitores tras el parto.
“El tipo de familia no puede determinar la diferencia de trato, de modo que el nacido en una familia monoparental disfrutará del cuidado, atención y protección familiar por un tiempo muy inferior, 16 semanas, que tendría si hubiera nacido en una familia biparental, 26 semanas”, dicta ahora el Supremo. La sentencia destaca el interés superior del menor como principal criterio, subrayando que es esencial evitar cualquier forma de discriminación en función del tipo de familia en que haya nacido. El tribunal considera que la diferencia de trato entre los menores de familias biparentales y monoparentales, en cuanto al tiempo de cuidado y protección, resulta discriminatoria.
El tipo de familia no debe de diferenciar el trato
La magistrada Pilar Teso, ponente de la sentencia, subrayó que el tipo de familia no debe determinar una diferencia en el trato a los recién nacidos, afirmando que privar a los menores de familias monoparentales de un tiempo adicional de cuidado genera una clara discriminación. La diferencia en el número de semanas de permiso, según la Sala, constituye un perjuicio que impacta en la protección y atención temprana de los menores.
La sentencia concluye que la interpretación del artículo 49 del TRLEBEP debe ajustarse a los principios de igualdad y no discriminación recogidos en la Constitución, en concreto los artículos 14 y 39, que garantizan el interés superior del menor y prohíben cualquier forma de discriminación por razón de nacimiento.
El Tribunal Supremo también recordó que la ley ya contempla la ampliación del permiso en los casos de familias monoparentales por fallecimiento de la madre, permitiendo la suma de los permisos de ambos progenitores. Por tanto, la Sala afirmó que esta lógica debe aplicarse también a las familias monoparentales en las que no se produce dicho fallecimiento, con el objetivo de garantizar la igualdad en el cuidado de los menores.
Últimas Noticias
‘La Promesa’, avance del viernes 27 de marzo: Ángela exigirá a Leocadia que le revele quién es su padre y Julieta formará una nueva alianza con Manuel
La ficción diaria de La 1 cerrará la semana con el fuerte dolor abdominal de María tras una confrontación con Santos

Así fue el primer caso de eutanasia en España: ocurrió en 2021 y era una mujer de 86 años
El caso de Noelia Castillo revive el debate sobre el derecho a morir dignamente y la trayectoria legal de la eutanasia en España

Quién es Arcadi España, el economista valenciano que sustituye a María Jesús Montero como ministro de Hacienda
Amante del ciclismo y admirador del excanciller alemán Willy Brandt, hasta ahora ejercía como secretario de Estado de Política Territorial, puesto al que accedió en 2023

Un enfermero decide hacerse sacerdote a los 56 años: “Después de 30 años en el hospital, ha llegado el momento”
Cuando era joven sintió el deseo de consagrarse, pero las obligaciones familiares le impidieron ingresar al seminario

Ayuso quiere blindar la educación concertada ampliando los convenios hasta 14 años y aumenta la brecha entre la pública y privada
Casi uno de cada cinco euros del presupuesto educativo se destina a colegios privados y concertados



