El Gobierno autoriza más de cinco millones de euros para pagar las prestaciones a los afectados por el aceite de colza

El síndrome tóxico es una enfermedad producida por una intoxicación masiva en España por el consumo de un aceite “importado para uso industrial y desviado con posterioridad al consumo humano”

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La ministra de Inclusión, Seguridad
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, durante un acto en el Congreso. (Diego Radamés/Europa Press)

El Gobierno ha autorizado este martes una transferencia por un importe de 5,1 millones de euros al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para la financiación de las prestaciones a los afectados por el conocido síndrome tóxico, provocado por el aceite de colza a inicios de los años 80. Según recoge la referencia del Consejo de Ministros, “es necesario dotar de crédito para el año 2024 la aplicación Transferencias a la Seguridad Social para financiar las prestaciones del Síndrome Tóxico, incluso para atender obligaciones de ejercicios anteriores para cubrir el montante de estas prestaciones”.

El Síndrome del Aceite Tóxico (SAT) es una enfermedad crónica multisistémica, producida por una intoxicación masiva en España en mayo de 1981. El motivo fue el consumo de un aceite de colza desnaturalizado, “importado para uso industrial y desviado con posterioridad al consumo humano”. Una vez identificado el origen de la enfermedad se canceló su venta y distribución, controlándose así la aparición de nuevos casos.

Afectó desde mayo de 1981 a más de 20.000 personas y ha causado desde entonces unos 5.000 fallecimientos. Según recoge la web de la Comunidad de Madrid, “del número total de personas incluidas en el censo de afectados, más del 60% eran residentes de la Comunidad de Madrid, con una proporción de 1,5 mujeres por cada hombre y afectando a todos los grupos de edad. En los primeros 18 meses desde el comienzo del brote, fallecieron cerca de 400 personas”.

En 1989, el Tribunal Supremo de España condenó a los industriales responsables de la distribución y comercialización de este aceite al considerar probada la relación de causalidad entre la ingesta de aceite de colza desnaturalizado y la enfermedad. Asimismo, falló contra el Estado como responsable civil subsidiario.

Prestaciones para los afectados

Las medidas para resolver la situación de precariedad económica en que se encontraban los afectados o sus familiares fueron recogidas en el Real Decreto 2448/1981, de 19 de octubre, sobre protección a los afectados por el síndrome tóxico, que estableció dos tipos de prestaciones.

Por un lado, prestaciones económicas de abono periódico, como las de incapacidad temporal, invalidez permanente, jubilación, viudedad y orfandad, para todos aquellos que no tienen derecho a causar otra prestación por cualquier otro sistema público de previsión o protección social. Por otro, ayudas de contenido social, apoyo económico y reinserción social del afectado y de su familia, como la ayuda económica familiar, la ayuda domiciliaria, el reintegro de gastos protésicos y de farmacia, dietéticas, lactancia artificial, guarderías, becas, colonias de verano, ayudas por fallecimiento y otras.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social, donde se integró la Oficina de Gestión de Prestaciones del síndrome tóxico, se atribuyó la gestión de estas prestaciones económicas y sociales. De este modo, el Gobierno recuerda que los créditos para el abono de estas prestaciones están incluidos presupuestariamente en el programa de Protección familiar y otras prestaciones, programa no contributivo y, consecuentemente, financiado con aportaciones del Estado al Presupuesto de la Seguridad Social.

“Por los motivos indicados, el centro gestor considera necesario tramitar un expediente de transferencia de crédito por importe de 5.137.306,25 euros. Por ello, el Consejo de Ministros ha autorizado dicha transferencia”, remata la reseña de la reunión celebrada este martes.

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