La Audiencia de Barcelona ha condenado a un masajista por abusar sexualmente de dos menores de edad. La resolución, que llega diez años después de que sucediesen los hechos, fija una pena de cárcel de 4 años, 4 meses y dos días, así como la prohibición de acercarse a las niñas implicadas durante al menos dos años. El tribunal, sin embargo, ha rebajado las sanciones que recibió el acusado en primera instancia, por lo que podrá comunicarse con sus víctimas si así lo desea.
El condenado, identificado como Joaquín en la sentencia, es un hombre de nacionalidad argentina que ejercía en España como masajista, pese a no tener titulación. Joaquín se dedicaba a hacer masajes ayurvédicos, un tipo de masaje tradicional de la India realizado con aceites. El argentino fue contratado en abril de 2014 por una mujer, Clemencia, para que diese diez sesiones de masaje a su hija, Encarna, que en ese momento tenía 14 años. La madre deseaba ayudar a su hija con sus problemas de ansiedad con este tratamiento, así como lograr su desintoxicación de la marihuana. Clemencia recomendaría posteriormente a una amiga, Almudena, el mismo tratamiento para su hija, que sufriría los mismos abusos.
Meses de abusos continuados
Durante los meses de mayo y junio de 2014, el acusado realizó ocho sesiones de masaje a Encarna, en las que “el acusado intentó crear en todo momento un clima de cotidianidad, complicidad y secreto” con Encarna, asegura la sentencia. Le regalaba ropa interior, le proponía hacer viajes juntos a la montaña y le invitaba a su casa a hacer terapia. Joaquín también le preguntó si tenía novio y si era virgen y, con el tiempo, dejó de salirse de la sala mientras la menor se desnudaba. Poco a poco “fue profundizando en el acercamiento sexual a la menor” y empezó a aproximarse “a las zonas erógenas”, explican los jueces. Al menos en una de las sesiones y sin que ella se diese cuenta, el masajista le hizo fotos a Encarna mientras ella estaba desnuda de medio cuerpo.
Pese a todos estos abusos, la menor no fue capaz de decir nada. Mientras, Clemencia y Joaquín afianzaban su amistad y, en una ocasión, este invitó a madre e hija a comer a su casa. En cuanto la mujer se ausentó, el masajista le ofreció un cigarro de marihuana a Encarna para “alcanzar un nivel de relajación más alto”, y le propuso un masaje y probarse ropa interior. La niña aceptó el masaje y el cigarro. Cuando volvió su madre, “se encontró a su hija en el sofá, muy aturdida”. No sería la última vez que el acusado ofreció drogas a Encarna.
Los abusos continuaron con Tamara, también de 14 años, que comenzó a acudir a las sesiones de masaje para mitigar problemas de ansiedad, dolores de espalda, migraña y de ánimo. “Igual que en el caso de Encarna, el acusado trató de crear con Tamara desde el principio un clima de complicidad y secreto”, revela el fallo judicial. Al igual que con Encarna, Joaquín le preguntaba por su vida sexual (si tenía pareja, si se masturbaba, si era virgen...), le invitaba a viajes y le pedía probarse ropa interior. Con Tamara, el acusado sobrepasó aún más los límites: le tocó los pechos en todas las sesiones y, en un encuentro que duró más de dos horas, llegó “a prolongar los tocamientos a la superficie exterior de la vulva”.
Durante los meses que duraron los abusos, Joaquín “se valió de argumentos relacionados con la profesión de masajista que ejercía -sin poseer ninguna titulación oficial- para justificar el tocamiento de zonas íntimas de las menores, tales como pechos o ingles, provocando esta conducta un cohibimiento y vergüenza en las niñas, las cuales guardaron inicialmente silencio a petición del propio acusado”, expresan los jueces en el fallo. Las niñas han sufrido problemas psicológicos desde entonces (tristeza, irascibilidad y desconfianza) y todavía no se han recuperado del todo.
La Audiencia de Barcelona rebaja la condena por el retraso judicial
Joaquín fue condenado en 2023 por el Juzgado de lo Penal nº3 de Sabadell por dos delitos de abuso sexual y un delito de salud pública. La resolución le imponía tres años de prisión por cada uno de los abusos sexuales y la prohibición de acercarse y comunicarse con las menores, así como cuatro años de cárcel y 300 euros de multa por el delito de salud pública. La defensa, sin embargo, apeló a la Audiencia de Barcelona, que ha rebajado la pena este 2024.
Los magistrados han reconocido la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, es decir, entienden que el tiempo empleado hasta alcanzar una resolución judicial ha sido excesivo. Por ello, ha rebajado la condena del acusado. Ahora, Joaquín deberá cumplir un año, seis meses y un día de cárcel por el abuso de Encarna, a quien no podrá acercarse durante dos años, tres meses y un día.
En el caso de Tamara, el tribunal le condena a un año y diez meses de prisión, con la prohibición de acercarse a menos de mil metros de ella durante dos años, nueve meses y un día. Sin embargo, la Audiencia de Barcelona ha dejado sin efecto la prohibición de comunicación, por lo que, si lo desea, Joaquín todavía podrá hablar con sus víctimas. La libertad vigilada será de veintisiete meses y un día en el caso de Encarna y de treinta y tres meses y un día en el caso de Tamara.
Respecto al delito contra la salud pública, el condenado pasará un año y un día de prisión, así como una multa de 150 euros y 5 días de privación de libertad en caso de impago. La Audiencia de Barcelona ha añadido el pago de una indemnización a las víctimas por los daños morales causados: de 3.000 euros para Encarna y de 4.000 euros para Tamara.