Estas son las multas que deberán afrontar las empresas que no cumplan con la reducción de la jornada laboral: hasta 7.500 euros

Plantea que las multas no se impongan de manera conjunta, sino individualmente por cada trabajador afectado

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La vicepresidenta segunda y ministra
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, interviene durante una sesión de control al Gobierno, en el Congreso de los Diputados, a 25 de septiembre de 2024, en Madrid (España). (Marta Fernández Jara/Europa Press)

Las negociaciones para implementar la reducción de jornada laboral a 37,5 horas en 2025 sigue en marcha. El Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado por Yolanda Díaz, ha propuesto endurecer las sanciones a las empresas que no cumplan con el registro horario de sus empleados, una obligación establecida en la ley para garantizar el control de la jornada laboral. Según han indicado fuentes sindicales al medio Autónomos y Emprendedores, las multas por incumplimientos se impondrán a las empresas por cada trabajador afectado, en lugar de aplicarse de manera conjunta a la empresa, como ocurre en la actualidad.

Esta propuesta se enmarca en las negociaciones entre el Gobierno, la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y los sindicatos sobre la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales. Además de la reducción de horas, la medida incluye un fortalecimiento del sistema de control horario. El objetivo es que el registro de jornada sea electrónico y esté directamente conectado con la Inspección de Trabajo, lo que facilitaría la detección y sanción de las irregularidades. Estas medidas ya se propusieron en el mes de febrero.

Hasta ahora, las multas por incumplir con el registro horario podían alcanzar un máximo de 7.500 euros, independientemente del número de trabajadores afectados. Con el nuevo régimen sancionador propuesto por el Ministerio de Trabajo, esa cantidad podría multiplicarse, ya que las sanciones se impondrían de manera individual por cada empleado cuyo horario no haya sido registrado o haya sido manipulado de forma fraudulenta.

Según indica el medio, fuentes sindicales cercanas a la negociación explicaron que esta modificación tiene como finalidad evitar que grandes empresas, con altos volúmenes de facturación, reciban sanciones que resulten insignificantes en comparación con sus ingresos. La causa de este planteamiento, según las mismas fuentes, estaría en “evitar que grandes empresas, con facturaciones de millones de euros, sólo tengan sanciones de hasta 7.500 euros por manipular el registro horario de sus trabajadores, las mismas que podría tener un autónomo con un solo empleado a su cargo que no tenga registro”, han señalado.

El cambio en el régimen de sanciones sigue el modelo aplicado en la reforma laboral respecto a la contratación temporal, donde las multas también se calculan por cada trabajador afectado, y no de manera global. Sin embargo, aún no se han definido las cuantías exactas que se impondrán por cada empleado en caso de incumplimientos graves.

Mayor control y sanciones automáticas

El principal cambio estructural en el sistema de control será la conexión del registro horario con la Inspección de Trabajo. De esta forma, las irregularidades podrían detectarse de manera automática, facilitando la imposición de multas sin necesidad de una visita presencial de los inspectores.

El Ministerio de Trabajo ha subrayado que esta medida pretende garantizar que todas las empresas, desde grandes corporaciones hasta autónomos con empleados, cumplan con la normativa de control horario. El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, destacó recientemente que, para facilitar la adaptación de las pequeñas y medianas empresas, el Gobierno ofrecerá formación, asesoramiento y apoyo técnico para la implementación de un registro digital eficiente.

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