Plazos y cómo solicitar las ayudas para bonos digitales para colectivos vulnerables en la Comunidad de Madrid

Puedes solicitar la subvención si te encuentras en alguna de estas situaciones

Imagen de archivo de una mujer escribiendo en un ordenador portátil (Comunidad de Madrid/Europa Press)

El 28 de septiembre comenzó el plazo para solicitar los bonos digitales para colectivos económicos vulnerables de la Comunidad de Madrid, que permitirá a personas en situación de vulnerabilidad deducir cada mes 20 euros en su tarifa de de conexión a internet de banda ancha. Esta subvención se encuentra dentro del programa UNICO Bono Social, cuya lista de operadores colaboradores fue publicada por el Gobierno a mediados de septiembre.

El programa, que está dotado con 30 millones de euros y financiado con los fondos de la Unión Europea NextGenerationEU, cuenta con un máximo de 125.000 concesiones de bonos de conectividad. La ayuda permitirá a las familias beneficiarias disponer de 240 euros repartidos en 12 meses para reducir el importe de su factura (con el IVA no incluido) de servicios de conexión de banda ancha.

Dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, esta medida pretende mejorar la igualdad de oportunidades laborales y sociales a través del acceso a internet, como indicó María González Veracruz, secretaria de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales. En la actualidad, internet se ha convertido en un bien necesario para el desarrollo laboral y de las relaciones sociales, algo en lo que personas con una situación de vulnerabilidad económica podrían encontrar barreras.

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Te contamos todo lo que debes saber para solicitar el bono digital en la Comunidad de Madrid.

¿Cómo sé si puedo solicitar la ayuda?

En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ya se han publicado los requisitos necesarios para pedir el bono digital, cuyos beneficiarios serán personas residentes en la Comunidad de Madrid que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Se entiende que una persona pertenece a este colectivo cuando sea perceptor en alguna de las siguientes situaciones: Renta Mínima de Inserción (RMI), Pensión No Contributiva (PNC), Ingreso Mínimo Vital (IMV), prestación por protección familiar, prestación de la ayuda emergencia social, subsidio por desempleo para mayores de 52 años o subsidio de garantía de ingresos mínimos de Integración Social de Minusválidos.

Si el interesado se encuentra en una o varias de estas situaciones, podrá solicitar el bono digital por considerarse perteneciente a un colectivo de vulnerabilidad económica.

Plazos y presentación de solicitudes

Si se cumple alguna de las condiciones anteriores, se podrán presentar las solicitudes para acogerse a la subvención del 28 de septiembre al 15 de noviembre de 2024, ambos incluidos.

El procedimiento se puede realizar a través de dos vías: de forma presencial, en cuyo caso será necesario verificar que es necesario solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano, o de forma electrónica. En este último caso, la Comunidad de Madrid exige que los interesados cuenten con alguno de los siguientes sistemas de firma electrónica: el sistema Identifica, el sistema Cl@ve o el certificado electrónico (DNIe). Este procedimiento puede realizarse a través de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, en la que también es posible encontrar una Guía para tramitaciones electrónicas.

Cada vez más empresas en España apuestan por el teletrabajo, por lo que el acceso a internet se ha convertido en algo necesario (Imagen Ilustrativa Infobae)

En cuanto a los documentos que es necesario aportar, se especifican dos: el documento de autorización de representación en el caso de que se actúe a través de un representante y la factura de la conexión contratada actualmente si se solicita mantenimiento de conexión. Además, la Comunidad de Madrid consultará el volante de empadronamiento, la Renta Mínima de Inserción (RMI), la prestación del INSS y el NIF o DNI, salvo que el solicitante se oponga a ello, en cuyo caso deberá aportar esta documentación él mismo.

Las solicitudes presentadas se atenderán por orden de entrada en concurrencia no competitiva, siendo posible la subsanación de solicitudes incompletas o defectuosas en un plazo de 10 días hábiles. Cuando esto sea necesario, la fecha que se tendrá en cuenta para determinar la entrada en concurrencia será aquella en la que la solicitud esté completada y correctamente formalizada. Por ello, es importante prestar especial atención a la hora de realizar el trámite, ya que los beneficiarios de la ayuda serán aquellos que la soliciten antes.

Una vez se presente la petición, la Dirección General de Estrategia Digital enviará la resolución en el plazo de 15 días hábiles. Cuando se verifiquen que los requisitos se cumplen, la lista de concesiones y denegaciones se publicará de forma periódica en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid.

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