La Región de Murcia: el ejemplo de una justicia “muy lenta” que permite a los agresores sexuales eludir la cárcel

El caso de la ‘Manada de Murcia’, en el que los condenados no van a pasar por prisión debido al atenuante de “dilaciones indebidas”, ha sacado a la luz el problema de la duración de los juicios en el país

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Manifestación en Murcia en contra de la sentencia a los siete empresarios. (Asamblea Feminista)
Manifestación en Murcia en contra de la sentencia a los siete empresarios. (Asamblea Feminista)

“La justicia cuando es tan lenta no es justa”. Estas fueron las palabras que utilizó la ministra de Igualdad, Ana Redondo, para denunciar lo ocurrido con la denominada ‘Manada de Murcia’. El caso ha despertado la indignación social, ya que debido a la lentitud de la justicia siete empresarios de Murcia han conseguido eludir la cárcel, incluso después de confesar los delitos de abusos sexuales de los que se les acusaba contra una decena de adolescentes de entre 14 y 17 años.

Gracias a la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas, las condenas de cárcel han pasado de cuatro años a cinco meses, lo que les libera de tener que pasar por el centro penitenciario. Esta figura jurídica, según explica el artículo 21.6 del Código Penal, se aplica cuando un litigio se alarga de forma “extraordinaria e indebida” y “siempre que no sea atribuible al propio inculpado y que no guarde proporción con la complejidad de la causa”. En este caso, el juicio ha tardado más de una década.

No es un caso aislado

Aunque toda esta trama ha desatado gran indignación social, no significa que sea algo aislado. No hay que irse muy lejos para encontrar sentencias en las que los condenados por agresiones sexuales han conseguido una reducción significativa de sus penas por la lentitud de los juicios.

En una sentencia dictada el 5 de marzo de 2024 por la Audiencia Provincial de Cartagena, un acusado reconoció haber aprovechado el tener que bañar a su hija de 4 años para “involucrarla en actos sexuales” entre el 14 y 16 de septiembre de 2017, por lo que se le condenó de haber cometido un delito de abuso sexual a menor de 16 años.

La pena de este delito sin agravantes se suele encontrar entre los cinco y diez años de cárcel, pero el autor solo recibió una pena de dos años gracias a la aplicación de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, tras un acuerdo de las partes fundamentado en varias paralizaciones en el proceso judicial “no atribuidas a la defensa”.

Este mismo tribunal aplicó la misma atenuante el 8 de febrero a un condenado por un delito de agresión a una menor de 16 años con acceso carnal, cuya pena se quedó en los tres años y un día de prisión. Según los hechos probados, los días 18 y 19 de agosto de 2017, el hombre concertó encuentros con la menor y la llevó a su domicilio, donde, con conocimiento de su edad, la “penetró vaginalmente”.

Sin embargo, el juez indicó en su sentencia que “la duración del procedimiento ha superado los 7 años” y que tal demora es completamente desproporcionada con la simplicidad de los hechos del caso. Esta dilación injustificada y su impacto adverso en el acusado llevaron a una reducción de la pena.

Y todavía sin salir de esta comunidad autónoma, en enero de este año hubo otro fallo en el que la Audiencia Provincial de Murcia condenó a un hombre a un año y seis meses de prisión por un delito continuado de abusos sexuales a una menor. Los hechos probados y, reconocidos por él, incluyen varios incidentes ocurridos entre 2013 y 2015, en los que el condenado aprovechó su “relación de confianza y superioridad” sobre ella para cometer repetidos tocamientos inapropiados. En uno de los incidentes intentó tocarle el pecho y, al encontrar resistencia, la insultó y amenazó. Otro incidente notable en junio de 2015 implicó que le ofreciera dinero a la menor a cambio de relaciones sexuales.

Una vez más, se aplicó el atenuante de dilaciones indebidas, ya que el proceso judicial se extendió durante más de ocho años desde que se iniciaron las investigaciones en septiembre de 2015 hasta la fecha del juicio oral.

Cada dos horas hay una violación en España: 2023 fue el año con más delitos contra la libertad sexual de la serie histórica.

“Justicia muy muy lenta”

Detrás de estos retrasos hay diferentes factores. Sin embargo, según explica a Infobae España la abogada penalista Rebeca González, el principal son “los pocos recursos que se destinan a Justicia”. La letrada relata que trabaja por todo el territorio nacional y que, aunque este problema es generalizado, en Murcia es mucho más grave, donde muchas veces te puedes encontrar con juzgados con “solo cinco o seis funcionarios”.

Una tesis que viene confirmada por los datos compartidos por el CGPJ: la duración media en meses de los juicios de la Audiencia Provincial de Murcia en 2023 está en 5,7, más del doble que la media nacional, que se encuentra en 2,8.

“La justicia en general es muy muy lenta, no solo en lo penal, en todos los ámbitos”, y esto acaba repercutiendo en las penas, pero también en lo económico y en otro punto muy grave que es la “revictimización”. “Al final la víctima ha pasado por terapia para superar lo ocurrido y tras años tiene que contarlo de nuevo con pelos y señales”, relata la letrada.

La cuestión con el atenuante de dilaciones indebidas es que tiene una “valoración subjetiva”, es decir, que es el propio juez el que decide si se aplica y en qué medida. “En el caso de abusos a menores se podría aplicar a partir de los tres años, aunque sea un atenuante mínimo”, pero González defiende que “nunca deberían llegar a absolver de la pena, porque eso crea una impunidad”.

El problema con la fase previa

Aparte de los datos compartidos por el CGPJ, que ya son preocupantes, González añade que hay que tener en cuenta también todo el tiempo que se pierde en la fase previa, antes del comienzo del juicio oral. Para ello pone de ejemplo un caso que está llevando sobre una chica que sufrió una violación tras salir de fiesta.

Según su relato, un hombre la drogó y abusó sexualmente de ella aprovechando su situación de vulnerabilidad. “Por falta de medios, tardaron cuatro días en realizar las pruebas forenses”. Después de mandarlas a Madrid, pasó un año entero hasta que llegaron. Las conclusiones fueron que la “prueba de presencia de semen era un poco débil”. “¡Normal, después de cuatro días!”, denuncia la abogada.

“De esta manera, la instancia se ha alargado y el juicio oral ha sido notificado para finales de 2026″, sigue contando González. Frente a esto, ha estado enviando escritos de impulso, que es una de las pocas herramientas que tienen los abogados. En ellos, “básicamente se dice: ‘Por favor, avancemos’”.

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