¿Pueden embargar los bienes de mi hijo por mis deudas?

Para que se produzca un embargo, siempre debe haber una resolución judicial o administrativa que lo avale

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Hombre preocupado y con ansiedad
Hombre preocupado y con ansiedad

Tener deudas es algo muy común. Ya sea una hipoteca para financiar una casa, un préstamo para estudios o el uso de una tarjeta de crédito, la realidad es que endeudarse ofrece algunas ventajas para no tener que descapitalizarse (quedarse sin dinero) y poder ir gestionando los pagos cómodamente. A pesar de lo que la gente puede pensar, no tiene por qué ser malo tenerlas, siempre que puedan pagarse.

Cuando un deudor no paga una deuda dentro del plazo voluntario ni en el tiempo extra tras recibir la notificación de apremio (que incluye un recargo), se activa un proceso de embargo. A partir de ese momento la entidad acreedora (la que ha prestado el dinero) procede a cobrarse la deuda mediante la ejecución de los bienes del deudor, es decir, quitándole sus pertenencias hasta llegar al valor que la persona debe. Para ello, siempre debe haber una resolución judicial o administrativa que lo avale.

El embargo es gestionado por un receptor judicial, que, tras recibir una orden del tribunal, acude al domicilio del deudor y realiza un inventario de bienes suficientes para cubrir la deuda, aunque también se puede negociar de manera extrajudicial con el acreedor o su representante. Normalmente, estos bienes no se retiran de inmediato, sino que más tarde serán subastados para pagar la deuda.

Pueden embargar a mi hijo por mis deudas

Una de las cuestiones que más preocupan a los deudores que acumulan grandes deudas, es qué puede pasar cuando se quedan sin bienes y con ello no es suficiente, desembocando en temor de que puedan ir a por los bienes de los hijos u otros familiares.

Hombre haciendo cálculos con una calculadora (Freepik)
Hombre haciendo cálculos con una calculadora (Freepik)

Como explican desde la plataforma de soluciones para liquidar deudas, Go Bravo, “el embargo solo se puede dar con los bienes del deudor y no de terceros como sus familiares”. De hecho, en el caso de que se llegase a embargar algún bien que no esté en posesión del deudor, el dueño real puede abogar ante el tribunal para que se deje sin efecto.

Sin embargo, sí hay algunas situaciones en las que se puede embargar los bienes tato de un hijo como de otro familiar, según la compañía de asesoramiento en la Ley de Segunda Oportunidad, Debify:

  • Cuando el hijo han actuado como avalista en el contrato del préstamo.
  • Si los padres transfieren bienes a nombre del hijo para evadir embargos, esta acción se considera un delito de alzamiento de bienes, ya que, legalmente, el bien sigue siendo del padre y puede ser embargado.
  • Si padres e hijo solicitan un préstamo juntos y acuerdan compartir el pago, cualquier incumplimiento del padre podría resultar en embargos para ambos, debido al carácter solidario de la deuda. En este caso, ambos son considerados deudores ante la entidad prestamista, aunque no se trata de un embargo directo del hijo por las deudas del padre.

Orden en el que se embargan los bienes del deudor

Como explica la agencia tributaria, “las actuaciones de embargo atenderán al principio de proporcionalidad”, lo que significa que se tiene que evitar que la sanción sea desmedida y acabe privando las libertades de los deudores, y con carácter general, se procede al embargo de los bienes del deudor en el siguiente orden:

  • Dinero efectivo o en cuentas en entidades de crédito
  • Créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo.
  • Sueldos, salarios y pensiones.
  • Inmuebles
  • Intereses, rentas y frutos de toda especie.
  • Establecimientos mercantiles o industriales.
  • Metales preciosos, joyería y antigüedades.
  • Bienes muebles o semovientes.
  • Créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo.
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