El final de 2024 se acerca y ya se está comenzando a organizar uno de los aspectos más importantes para el próximo año: el calendario laboral. Hasta ahora, varias comunidades autónomas han definido sus días festivos para 2025, aunque el Ministerio de Trabajo aún no ha publicado el listado oficial en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El método seguido para elaborar ese calendario sigue un esquema descendente. En primer lugar, están los nueve festivos nacionales obligatorios, a los que las comunidades autónomas deben añadir más adelante más días con celebraciones propias. De este modo, estos territorios pueden reivindicar sus propias tradiciones y costumbres.
Una modificación al caer un festivo en domingo
Esta dinámica se puede ver perfectamente en el caso de las islas Canarias. Allí, la comunidad incluye otros dos festivos, a los que habría que sumar también otro a nivel insular para conmemorar al patrón de la isla. Finalmente, con los otros dos festivos colocados por los municipios, se tendrían ya las 14 jornadas festivas que habría que incluir en el calendario laboral.
Los nueve festivos nacionales de 2025 incluyen: 1 de enero (Año Nuevo), 18 de abril (Viernes Santo), 1 de mayo (Día del Trabajo), 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 12 de octubre (Fiesta Nacional), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Día de la Constitución), 8 de diciembre (Inmaculada Concepción) y 25 de diciembre (Natividad del señor). Estas fechas solo pueden modificarse si caen en domingo, en cuyo caso se pueden trasladar al lunes siguiente o sustituir por otra festividad de interés regional.
Sin embargo, como este año el 12 de octubre coincide con un domingo, se ha sustituido el descanso laboral por el 30 de mayo, día de Canarias. En otras comunidades, lo que se ha hecho ha sido mover el festivo al lunes 13 de octubre, como en Aragón, Cantabria y Extremadura.
Así se distribuyen los festivos autonómicos e insulares
A los nueve festivos nacionales obligatorios, cada comunidad añade sus propias celebraciones, alcanzando un total de 14 jornadas festivas. Por ello, a esta lista habría que añadir el 6 de enero (Epifanía del Señor), el 17 de abril (Jueves Santo), el 30 de mayo (Día de Canarias). Los festivos isleños serían el 3 de febrero en el caso de Tenerife, el 5 de julio en El HIerro, el 5 de agosto en La Palma, el 19 de septiembre en Fuerteventura, el 8 de septiembre en Gran Canaria, el 15 de septiembre en Lanzarote y la Graciosa y el 6 de octubre en La Gomera.
Todas estas fechas fueron aprobadas por el gobierno canario y publicadas el 23 de septiembre en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), recordando que, como plazo máximo para indicar a la Dirección General de Trabajo los festivos municipales, “los ayuntamientos de toda Canarias dispondrán de un mes”. Cabe recordar que estos días, al igual que el resto, serían días inhabiles, retribuidos y no recuperables en el calendario laboral.