Una mujer divorciada obtiene una pensión compensatoria de 2.000 euros mensuales: tuvo una dedicación “plena” a su familia

Trabajó para su marido “sin percibir contraprestación alguna ni cotizar”. Ahora, a sus 60 años, sus conocimientos profesionales están “obsoletos” y es difícil que pueda lograr un empleo

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Imagen ilustrativa de una sentencia de divorcio. (iStock)
Imagen ilustrativa de una sentencia de divorcio. (iStock)

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha fijado una pensión compensatoria de 2.000 euros mensuales por tiempo indefinido para una mujer de 60 años que se dedicó exclusivamente a su familia durante 21 años de matrimonio. La mujer, que cuenta con conocimientos profesionales como auxiliar administrativa pero que están obsoletos al haber sido completados hace más de 30 años, había recurrido la decisión anterior del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Getxo, que le otorgaba una pensión compensatoria de 1.000 euros mensuales durante un año.

La mujer argumentó en su recurso que, tras su matrimonio, abandonó su empleo para dedicar todo su tiempo y esfuerzo a la familia y al hogar. Esta decisión, según indicó, permitió que su esposo tuviera una proyección profesional significativa, lo cual resultó en elevados ingresos mensuales. También señaló que, además de sus labores domésticas, se hizo cargo de la parte administrativa de la empresa de su marido sin recibir ningún tipo de remuneración ni cotizar a la Seguridad Social por su trabajo.

En la apelación, enfatizó que, al día de hoy, sus habilidades profesionales están desactualizadas y que encontrar un empleo digno y estable a su edad es bastante improbable. Por ello, solicitó una pensión compensatoria de 2.000 euros mensuales por tiempo indefinido y el uso de la que fue la vivienda familiar durante dos años. El exmarido se opuso, pidiendo la confirmación de la sentencia previa que le otorgaba una pensión de 1.000 euros mensuales durante un año.

También el uso del domicilio familiar

Ahora, la Audiencia de Bizkaia ha revocado la sentencia del juzgado de Getxo, considerando que las circunstancias alegadas por la mujer estaban respaldadas por el material probatorio presentado. El tribunal determinó que no existe una alta probabilidad de que la mujer pueda encontrar un empleo digno y estable debido a la obsolescencia de sus conocimientos profesionales y su avanzada edad. Además, concluye que el exmarido no había demostrado que su exesposa desatendiera oportunidades para reincorporarse al mercado laboral.

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El tribunal también atribuye a la mujer el uso del domicilio familiar durante dos años, argumentando que sus necesidades eran las que más requerían de protección. Esta decisión se basa en las evidencias presentadas y en el hecho de que el exmarido no había contradicho las alegaciones, incluso habiendo expresado en su demanda de divorcio que el uso de la vivienda fuera para ella hasta la liquidación de la sociedad de gananciales y la venta del inmueble, lo cual no había ocurrido hasta la fecha.

La pensión compensatoria es un medio para asegurar que el cónyuge que ha sacrificado su desarrollo profesional y económico en favor del matrimonio no quede en desventaja tras el divorcio. Este tipo de compensación busca equilibrar las disparidades económicas que puedan surgir como consecuencia de la ruptura matrimonial.

En este caso específico, la Audiencia de Bizkaia reconoce que la dedicación plena de la mujer a la familia y sus contribuciones no remuneradas a la empresa de su marido justificaban el otorgamiento de una pensión compensatoria indefinida. La decisión de fijar una cuantía de 2.000 euros mensuales y reconocer el uso de la vivienda familiar durante dos años refleja una interpretación comprensiva y protectora de los derechos de la mujer, que se encuentra en una situación laboral desventajosa.

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