Qué pasa si usas lentillas y te tienes que renovar el carnet de conducir

Según el informe La Visión en España 2020, el 79,5% de los españoles presentan defectos visuales

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Imagen de archivo de una mujer conduciendo. (Pexels)
Imagen de archivo de una mujer conduciendo. (Pexels)

Si usas lentillas y necesitas renovar tu carnet de conducir en España, debes tener en cuenta algunos aspectos importantes relacionados con la agudeza visual y las exigencias de la Dirección General de Tráfico (DGT). En primer lugar, para renovar el carnet de conducir, deberás pasar por un reconocimiento médico en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado por la DGT.

La prime­ra exploración que se realiza al conductor es la agudeza visual (campo visual y sensibilidad al contraste), y en concreto la lejana. Una bue­na agudeza visual permite ob­servar con precisión los estímu­los visuales del entorno vial. Según el informe La Visión en España 2020, el 79,5% de los españoles presentan algún tipo de defecto visual.

Esta evaluación verificará si cumples con los requisitos mínimos de visión para conducir. Según explica la clínica Medical Optica, el 90% de la información que recibimos al conducir nos llega a través del sentido de la vista, lo que indica la necesidad de un correcto funcionamiento.

Si utilizas lentillas de forma habitual para corregir problemas visuales, puedes llevarlas durante la revisión médica. No necesitas quitártelas, ya que el examen busca evaluar tu capacidad visual en las condiciones en las que normalmente conduces.

Los códigos específicos en el carnet

En todo caso, si utilizas lentillas o gafas se reflejará en tu permiso de conducir con un código específico. En esta categoría entra cualquier cristal graduado, ya sea solar, fotocromático, cristales blancos y Smart Drive. Este código es el 01, seguido de un subcódigo que indica el tipo de corrección que utilizas:

  • 01.01: Uso de gafas.
  • 01.02: Uso de lentillas.
  • 01.03: Uso de cristal de protección, que puede estar graduado o no.
  • 01.04: Uso de lentes opacas.
  • 01.05: Uso de recubrimiento del ojo (también conocido como parche)
  • 01.06: Uso opcional de gafas o lentillas.

Requisitos de visión mínimos

La DGT exige que, con o sin corrección visual (lentes o lentillas), los conductores deben tener al menos: 0,5 de agudeza visual en ambos ojos de forma conjunta. Si uno de los ojos tiene una agudeza visual menor a 0,1, el otro ojo debe tener una agudeza mínima de 0,6.

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Trafico subraya que el conductor debe conducir con la mejor visión que pueda conseguir, y si logra una visión superior al 0,5 con gafas o lentes de con­tacto, aunque no esté obligado, es imprescindible que las utili­ce.

La multa no no llevar gafas si se necesita

Una vez que tu carnet de conducir indica que necesitas corrección visual (gafas o lentillas), estás obligado a llevarlas mientras conduces. No hacerlo es considerado una infracción y puede conllevar una multa que oscila entre los 90 y los 300 euros, ya que no estarías cumpliendo con los requisitos de seguridad visual exigidos por la ley.

En resumen, no hay inconveniente en usar lentillas para renovar el carnet de conducir. Solo debes asegurarte de cumplir con los requisitos de visión establecidos y de que el uso de lentillas quede reflejado en tu permiso de conducir si las utilizas para mejorar tu agudeza visual al conducir.

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