Un ganadero con incapacidad total no logra la absoluta porque sus hernias y artrosis no le impiden trabajar en otro empleo

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha desestimado de esta manera el recurso de suplicación presentado por el afectado

Guardar

Nuevo

Ganadero dando de comer a una vaca (Freepik)
Ganadero dando de comer a una vaca (Freepik)

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado el recurso de suplicación interpuesto por un ganadero, en el que pedía que se le concediera la incapacidad permanente absoluta, la que impide desempeñar cualquier trabajo, por las hernias y artrosis que sufre.

El hombre, nacido en 1971, había presentado inicialmente una demanda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social, alegando múltiples padecimientos físicos que, según él, le hacían incapaz de continuar con su profesión. La Unidad de Valoración Médica de Incapacidades emitió un dictamen el 10 de noviembre de 2022, que fue seguido por una resolución del INSS el 1 de diciembre de 2022 negando su solicitud en relación a la incapacidad permanente en cualquiera de sus grados.

El cuadro clínico del afectado incluye cervicoartrosis de severa intensidad, anterolistesis y retrolistesis de C3 a C5, hernias discales C4-C5, C5-C6 y C6-C7, y osteonecrosis ósea en la cadera derecha. Además de una inflamación de la zona inguinal.

El recurso de apelación

El caso fue entonces llevado a los tribunales, donde el Juzgado de lo Social número 3 de Santander, emitió una sentencia que le declaraba en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de ganadero y le concedía una pensión vitalicia equivalente al 55% de la base reguladora mensual de 800,51 euros.

El hombre no quedó satisfecho y presentó un recurso de suplicación. El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha rechazado esta apelación argumentando que el fallo original no infringía el artículo 194.1 c de la Ley General de la Seguridad Social. Resaltaron que, aunque el ganadero presentaba dolores severos y limitaciones funcionales importantes, no caía bajo la definición de incapacidad permanente absoluta según los parámetros legales y precedentes judiciales.

Esta conclusión es congruente con sentencias anteriores de casos similares que han subrayado que las enfermedades osteoarticulares solo conducen a la incapacidad absoluta cuando afectan de manera avanzada toda la columna vertebral.

Tipos de incapacidad permanente

La LGSS distingue varios tipos de incapacidad permanente según su gravedad, como se describe en el artículo 194. Entre ellas se cuentan la incapacidad permanente parcial, la incapacidad permanente total, la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez.

La incapacidad permanente parcial refleja una reducción en el rendimiento laboral del 33% o más sin impedir totalmente el desempeño de la profesión habitual. La indemnización en estos casos es equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.

Un abogado explica los requisitos para recibir la pensión de incapacidad permanente por ansiedad generalizada.

En la incapacidad permanente total, el trabajador no puede desempeñar su profesión habitual, aunque puede realizar otras actividades laborales. Este tipo de incapacidad da derecho a una pensión que oscila entre el 55% y el 75% de la base reguladora, dependiendo de la edad del trabajador.

La incapacidad permanente absoluta implica la imposibilidad de realizar cualquier tipo de trabajo. En este caso, la pensión es igual al 100% de la base reguladora.

La gran invalidez representa el grado más severo, en el que además de imposibilitar cualquier actividad laboral, el trabajador requiere la asistencia de otras personas para las actividades básicas de la vida diaria. La pensión en estos casos es similar a la de la incapacidad permanente absoluta, pero incluye un complemento adicional. Las situaciones de incapacidad permanente pueden ser revisadas por el tribunal médico, quien decide sobre su continuidad en base a la evolución de la condición del trabajador.

Guardar

Nuevo