La fórmula respaldada por la ley por la que un casero puede cancelar el alquiler y recuperar su casa

Los propietarios se pueden acoger a la causa de necesidad, que debe estar expresamente prevista en el contrato de arrendamiento

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Una pareja de inquilinos negocia las condiciones del contrato. (Freepik)
Una pareja de inquilinos negocia las condiciones del contrato. (Freepik)

El proceso mediante el cual un casero puede cancelar el contrato de alquiler y recuperar su vivienda está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Una de las causas más comunes para resolver un contrato anticipadamente es la causa de necesidad, que es la razón que más invocan los propietarios, según la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA). Esta excepción permite a los arrendadores eludir las prórrogas obligatorias, pero su aplicación está sujeta a ciertos requisitos para evitar abusos o usos fraudulentos.

Esta causa de necesidad no es una herramienta de uso libre para los propietarios, ya que su aplicación debe cumplir con condiciones específicas. En primer lugar, esta excepción debe estar expresamente prevista en el contrato de arrendamiento, de lo contrario no puede ser utilizada. Además, solo es posible invocarla cuando el alquiler ha entrado en la fase de prórroga, es decir, después de que el contrato inicial ha cumplido su plazo mínimo.

Por otra parte, es imprescindible que la necesidad del propietario sea real y auténtica, lo que significa que no se admitirán necesidades simuladas o acomodaticias. Asimismo, la ley especifica que esta necesidad debe estar relacionada con la intención del propietario o de sus familiares directos (cónyuge, hijos o padres) de volver a ocupar la vivienda, quedando excluidos otros motivos, como la intención de vender el inmueble.

Exclusiones y consecuencias de un uso indebido

Los arrendadores que sean personas jurídicas no pueden acogerse a esta excepción, ya que solo está disponible para propietarios particulares. Además, si un casero alegara una causa de necesidad sin cumplir los requisitos establecidos, podría enfrentarse a sanciones graves. Por ejemplo, si en un plazo de tres meses después de que el inquilino haya abandonado la vivienda, el propietario o la persona necesitada no ocupan el inmueble, el inquilino tiene derecho a reclamar. Puede solicitar ser restituido en la vivienda con las mismas condiciones contractuales por un nuevo período de hasta cinco años o pedir una indemnización económica equivalente a una mensualidad de renta por cada año restante del contrato.

Aunque la LAU no especifica un número cerrado de causas para invocar la necesidad, los motivos más comunes que se aceptan incluyen separaciones, divorcios, traslados por motivos de trabajo o salud, así como el aumento de las necesidades familiares. La normativa busca proteger a los inquilinos frente a abusos, razón por la cual los tribunales no admiten causas simuladas o por comodidad, y exigen pruebas documentadas que justifiquen la verdadera necesidad del arrendador. Si el inquilino se niega a abandonar la vivienda pese a haberse invocado la causa de necesidad, el propietario debe iniciar un juicio ordinario para recuperar la posesión. Este proceso es más largo que un juicio de desahucio por expiración del contrato, por lo que muchas veces resulta más conveniente esperar a que el arrendamiento finalice para evitar el largo proceso judicial.

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A pesar de las disposiciones existentes, la Ley de Arrendamientos Urbanos aún presenta vacíos legales en algunos aspectos. Por ejemplo, no regula claramente lo que sucede si, después de ocupar la vivienda, el propietario decide venderla pasados seis meses. Esto podría interpretarse como un fraude de ley, pero la normativa actual no lo contempla explícitamente.

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