En 2024, los trabajadores que opten por la jubilación anticipada voluntaria deben tener en cuenta los coeficientes reductores que aplica la Seguridad Social. Estos coeficientes varían según los años cotizados y los meses de adelanto respecto a la edad ordinaria de jubilación. Este mecanismo de reducción tiene como objetivo ajustar la pensión, reflejando el adelanto en la edad de retiro. A continuación, exploraremos en detalle cómo se aplican estos coeficientes y cuál es su impacto en las pensiones.
La jubilación anticipada voluntaria permite a los trabajadores adelantar su retiro hasta un máximo de 24 meses respecto a la edad ordinaria de jubilación, establecida actualmente en 66 años y cuatro meses. Sin embargo, quienes hayan cotizado al menos 38 años pueden acceder a la jubilación ordinaria a los 65 años. En el caso de la jubilación anticipada, este umbral se reduce hasta los 64 años y seis meses o los 63 años, dependiendo de los años cotizados.
Penalizaciones por jubilarse de forma anticipada
Optar por la jubilación anticipada conlleva un recorte en la cuantía de la pensión que puede variar entre un 2,81% y un 21%, dependiendo de los años de cotización y de cuántos meses se adelante la edad de jubilación. Estos recortes se aplican tanto a las mensualidades como a las pagas extraordinarias, afectando de forma global los ingresos del pensionista. Además, la Seguridad Social ha implementado una tabla de coeficientes reductores para calcular la reducción de la pensión en función de diferentes escenarios.
A continuación, se presentan las penalizaciones específicas según los años cotizados:
- Menos de 38 años y seis meses cotizados: Si un trabajador con este tiempo cotizado se retira dos años antes de la edad ordinaria, verá reducida su pensión en un 21%. Si lo hace un mes antes, el recorte será del 3,26%.
- Entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses cotizados: En este caso, el recorte para quienes se retiran dos años antes será del 19%. Si el adelanto es de solo un mes, la penalización baja al 3,11%.
- Entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados: Para este rango de cotización, el recorte máximo por jubilarse dos años antes es del 17% y el mínimo por un mes de adelanto es del 2,86%.
- Más de 44 años y seis meses cotizados: Aquí, la reducción máxima por adelantar la jubilación en dos años es del 13% y el mínimo por un mes es del 2,81%.
¿Cómo se aplica el coeficiente si se supera la pensión máxima?
En algunos casos, tras aplicar los coeficientes reductores, el resultado de la pensión aún podría exceder el límite máximo establecido por la Seguridad Social. En estas situaciones, se aplica un nuevo coeficiente reductor que ajusta la cuantía hasta que se sitúe dentro del límite permitido.
Este coeficiente adicional depende del año en que se accede a la jubilación anticipada y del total de años cotizados. Específicamente, afecta a aquellos que no alcanzan los 38 años y seis meses de cotización, y varía en función del período cotizado:
- Menos de 38 años y seis meses: Aplicación del coeficiente según el tiempo cotizado y el adelanto en la jubilación.
- Entre 38 y 41 años y seis meses: Se aplican coeficientes moderados que reducen progresivamente la pensión según la cotización.
- Más de 44 años y seis meses: Los coeficientes reductores son más bajos debido a la mayor cantidad de años cotizados.