Qué hacer si te llega una de las “cartas del miedo” que ha enviado Hacienda

La Agencia Tributaria envía estas notificaciones a los contribuyentes para informar sobre discrepancias, irregularidades o requerimientos relativos a su situación fiscal

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Qué hacer si te llega una de las “cartas del miedo que ha enviado Hacienda” (Carlos Luján - Europa Press)
Qué hacer si te llega una de las “cartas del miedo que ha enviado Hacienda” (Carlos Luján - Europa Press)

En el pasado 1 de julio se puso fin a la Campaña de la Renta 2023-2024. La ciudadanía española contó con casi tres meses de plazo para cumplir con sus obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria. Así, y aunque la gran mayoría de la población cumplió con su responsabilidad, también hay quienes no acataron las normas.

Por ello, será ahora cuando el citado organismo vuelva a enviar las llamadas “cartas del miedo” a todos aquellos contribuyentes que no presentaron correctamente su declaración o no la entregaron dentro del plazo establecido. Ante la recepción de las mismas, es importante que los destinatarios atiendan los requerimientos para corregir los errores o proporcionar la información solicitada. Por el momento, el número de misivas enviadas se cifra en 80.000.

De esta forma, estas últimas son notificaciones enviadas por la Agencia Tributaria a los contribuyentes sobre discrepancias, irregularidades o requerimientos en relación con su situación fiscal. Aunque estas cartas no implican una sanción inmediata, exigen que el destinatario adopte una decisión sobre cómo proceder.

Imagen Ilustrativa de una persona haciendo cálculos sobre sus finanzas.
Imagen Ilustrativa de una persona haciendo cálculos sobre sus finanzas.

Qué pasa cuando se recibe una carta del miedo de Hacienda

Hay distintos motivos por los que una persona puede recibir una carta del miedo. En primer lugar, puede ocurrir que el receptor no haya presentado la declaración de la Renta a tiempo. En este caso, el contribuyente deberá afrontar penalizaciones que oscilan entre el 50% y el 150% de la deuda pendiente, aunque este porcentaje puede aumentar si el retraso es considerado un perjuicio económico para el erario público. Si el resultado de la declaración es positivo o cero, se impondrá una multa fija de 200 euros.

En segundo lugar, es posible que la declaración de la Renta haya sido presentada, pero no pagada. Esto suele deberse a errores en el IBAN o falta de fondos en la cuenta bancaria. En estos casos, se aplicarán recargos del 10% al 20% sobre la cantidad adeudada.

En este sentido, si se recibe una notificación de este tipo, es importante mantener la calma. En muchos casos, el propio organismo ofrece una solución. Es posible que la carta incluya una declaración paralela que se puede aprobar fácilmente a través de la app o la web de la Agencia Tributaria. El paso siguiente es revisar cuidadosamente la declaración de la Renta y comparar los datos proporcionados con los que tiene Hacienda para asegurarse de que coinciden.

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Mientras tanto, si no se está seguro de cuál es la mejor forma de enmendar el error, lo más recomendable es contactar con la Agencia Tributaria y solicitar una cita previa. Esto también es aconsejable si, tras revisar toda la información, no se está de acuerdo en realizar la declaración complementaria.

Finalmente, es importante tener en cuenta que, en la campaña fiscal de la Renta 2023-2024, estaban obligados a presentar su declaración ante la Agencia Tributaria todos los autónomos, sin excepción, así como las personas que hubieran ganado más de 22.000 euros brutos anuales en 2023 o aquellas que percibieron más de 15.000 euros brutos anuales provenientes de dos o más pagadores.

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