La teniente alcalde de un pueblo gallego triplica la tasa de alcoholemia en un test de la Policía Local pero se niega dimitir

El secretario local, Eugenio González, ha asegurado que “no está obligada a dimitir” y ahora será el comité de ética del partido el que tenga que tomar la decisión sobre su futuro

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Primera teniente de alcaldesa de Cangas (Pontevedra), Iria Malvido (Ayuntamiento de Cangas/Europa Press)
Primera teniente de alcaldesa de Cangas (Pontevedra), Iria Malvido (Ayuntamiento de Cangas/Europa Press)

La concejala de Obras, Servicios y Movilidad y teniente de alcalde de Cangas do Morrazo (Pontevedra), Iria Malvido (PSOE) ha sido pillada de madrugada en plenas fiestas del pueblo por la Policía Local en un control de alcoholemia en el arrojó una tasa de 0,84 mg/l, más del triple de lo permitido y por el momento no ha dimitido, según informa La Voz de Galicia.

Tras los hechos, la ejecutiva local del PSOE se reunió por la tarde para tratar el tema y lo único que se ha hecho público es que el secretario local, Eugenio González, ha asegurado que “no está obligada a dimitir” y que ahora será el comité de ética del partido el que tenga que tomar la decisión final.

La concejala de Obras y Movilidad, que irá a juicio en septiembre, podría ser investigada por un delito penal, ya que conducir con una tasa de alcoholemia por encima de los 0,60 mg/l lo es. Malvido podría ahora enfrentarse a una pena de prisión de tres a seis meses, o bien a multas económicas o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

El PP, que se quedó a las puertas de gobernar el municipio de O Morrazo por un puñado de votos en las elecciones de hace año y medio, ha exigido la dimisión inmediata de Iria Malvido.

¿Qué dice el Código Ético y de Conducta del PSOE?

Por el momento, en el caso se está cumpliendo el Código Ético y de Conducta del PSOE, ya que esté establece que toda persona que ostente cargo o responsabilidad pública en el partido, “en el caso de que resulte judicialmente investigado, dará cuenta de forma inmediata de las concretas acusaciones o delitos que se le imputan ante la Comisión Ejecutiva Federal, que trasladará esta información a la Comisión Federal de Ética y Garantías”, y este deberá adoptar las medidas oportunas “en atención a los hechos y a su gravedad”.

“En caso de que a alguna de las personas señaladas en el párrafo anterior en el procedimiento penal se dicte auto de apertura de juicio oral, deberá solicitar la baja voluntaria como afiliado/a y dimitir de su cargo”, explica el texto. Antes de llevar a cabo esta acción " podrá solicitarse a la Comisión Federal de Ética y Garantías, a la vista de la naturaleza de las concretas circunstancias del caso, autorización para mantenerse el cargo hasta la resolución del procedimiento judicial”.

Entrevista a Juan Espadas, Secretario General del PSOE de Andalucía.

Añaden que “se establecerá en todo caso, la suspensión cautelar automática de la afiliación de las personas incursas en un proceso penal respecto de los cuales se haya dictado auto de apertura de juicio oral por un delito relacionado con la corrupción, con la violencia de género o la libertad e indemnidad sexuales (acoso, abuso o violación) o contra la integridad moral, así como la sanción de expulsión del partido de aquellas personas que hayan sido condenadas por alguno de esos delitos” y en el supuesto de que el cargo público acabe siendo absuelto por sentencia firme, “el Partido se compromete a adoptar las medidas necesarias para restablecer el buen nombre y el honor de la persona absuelta”.

“Igualmente, a petición del afectado el Partido podrá adoptar medidas reparadoras en los casos de sentencia absolutoria, aunque no sea firme, sobreseimiento definitivo, o en su caso, provisional, o archivo de procedimiento, previo informe de la Comisión Federal de Ética y Garantías, en atención a las circunstancias concurrentes”, agregan.

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