Este 22 de agosto de 2024 entra en vigor la Ley Orgánica 2/2024 de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, también conocida como la Ley de Paridad. Esta ley busca garantizar la igualdad de género en diversos ámbitos, incluyendo el laboral. No obstante, un “error técnico” en la redacción de la norma ha generado polémica, ya que permite a las empresas despedir a los trabajadores que soliciten cambios en su jornada laboral o permisos por conciliación familiar, lo que ha encendido las alarmas entre sindicatos y expertos en derechos laborales.
El error se encuentra en la disposición final novena de la Ley de Paridad, en la que se modifica el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores, en concreto, el apartado referido a los despidos nulos. Al introducir a las víctimas de violencia sexual en los supuestos previstos para que sea nulo el despido, en la redacción se olvida incluir a las personas que se hayan acogido al nuevo permiso de “cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella”.
El origen de la equivocación se dio al introducir a las víctimas de violencia sexual en los supuestos previstos para que sea nulo el despido, ya que se olvidó incluir a las personas que se acogen al permiso de cuidado de familiares o al cambio de jornada. Hasta la actualización de la norma, las empresas dispondrán de potestad legal para efectuar estos despidos, por lo que el mercado laboral entra en un periodo de indefensión para los trabajadores que se acojan al permiso en cuestión.
Ana Redondo: “Espero que en breve tengamos solucionado el problema”
Este fallo fue reconocido hace unas jornadas por Ana Redondo, actual ministra de Igualdad. Afirmaba que se trata de un “error técnico” en la Ley de Paridad, que permite prescindir de aquellas personas que se acogen al permiso para cuidar familiares o al cambio de jornada. En declaraciones a los medios, Redondo aseguró que este error “se ha producido contra la voluntad de todos los que han participado en esa ley, desde el Ministerio hasta la última parlamentaria” y que “se está preparando la corrección”.
“Espero que en breve tengamos solucionado el problema, que es un problema técnico lamentable, que, desde luego, no se ha previsto en ningún caso y que no responde a la voluntad política”, señaló, aseverando que se intentará corregir “en las primeras acciones parlamentarias en las que se tenga oportunidad”. En el mismo sentido, fuentes del Ministerio de Trabajo y Economía Social han asegurado a Europa Press que el error, cometido por Igualdad, “se subsanará en cuanto el calendario legislativo lo permita”.
A la espera de que se subsane el error, las empresas tendrán la capacidad de despedir a los trabajadores que soliciten cambios en su jornada laboral o permisos de conciliación, lo que podría generar una ola de despidos improcedentes en un contexto económico ya de por sí complicado. La incertidumbre generada por esta situación es considerable, y tanto empleados como empleadores se encuentran en una posición delicada, a la espera de una solución que restaure la protección de los derechos laborales afectados.
Organizaciones sindicales y defensores de los derechos laborales han expresado su preocupación por este error. Desde UGT, por ejemplo, se ha advertido que este fallo podría socavar años de avances en la protección de los derechos de los trabajadores, especialmente en un momento en el que la conciliación entre la vida laboral y familiar es una prioridad para muchas familias.
La ley de paridad
La Ley de Paridad busca garantizar una presencia equilibrada de mujeres y hombres en los sectores público y privado, exigiendo al menos un 40% de representación femenina en órganos de dirección de grandes empresas y en la Administración General del Estado. Esta normativa se aplicará de manera escalonada: las empresas del Ibex deberán cumplirla antes del 30 de junio de 2025, mientras que el resto de empresas cotizadas lo harán en 2026, y sindicatos y asociaciones empresariales en 2028. Además, se impondrá un 33% de representación femenina en los consejos de administración y alta dirección de entidades de interés público para 2026, aumentando al 40% en 2028.
La ley también incluye medidas para apoyar a las investigadoras que podrían verse penalizadas por interrupciones en su carrera debido a razones personales, como el embarazo o el cuidado de hijos. Durante el debate en el Congreso, la propia Redondo subrayó que “esta ley es necesaria para garantizar el principio de mérito y capacidad en todos los ámbitos de la vida social, deportiva, política y económica de este país”, destacando la importancia de la igualdad de oportunidades para que los mejores talentos puedan alcanzar posiciones de liderazgo.