Heredar una hipoteca: cuándo puede el banco pedir garantías adicionales a los herederos

Según el Código Civil, los herederos se subrogan en todas las deudas del fallecido, lo que implica que el banco puede exigir que todos pasen a ser titulares de la hipoteca

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Heredar una hipoteca: cuándo puede el banco pedir garantías adicionales a los herederos (Freepik)
Heredar una hipoteca: cuándo puede el banco pedir garantías adicionales a los herederos (Freepik)

La muerte de un ser querido trae consigo una serie de responsabilidades, entre las cuales, una de las más complejas puede ser la herencia de una hipoteca. Cuando el titular de un préstamo hipotecario fallece, su deuda no desaparece, sino que se convierte en parte de la herencia yacente. Este hecho genera múltiples interrogantes sobre cómo se gestiona esta deuda, especialmente en lo que respecta a las garantías adicionales que el banco podría exigir a los herederos.

Cuando una persona fallece, todas sus deudas, incluidas las hipotecarias, pasan a formar parte de la herencia. Esto significa que, junto con los bienes y derechos, las deudas del fallecido se integran en la masa hereditaria que los herederos deberán aceptar o rechazar. En este sentido, la hipoteca no desaparece; sigue vigente con las mismas condiciones que fueron pactadas en el contrato original, incluyendo los intereses, el plazo de amortización y otros gastos asociados.

Una vez aceptada la herencia, se constituye una comunidad de bienes entre los herederos hasta que se realice la partición y adjudicación de la herencia. Es en este momento cuando surgen las primeras dudas sobre quién debe hacerse cargo del préstamo hipotecario y bajo qué condiciones.

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Obligaciones hipotecarias de los herederos

Según el artículo 661 del Código Civil, los herederos se subrogan en todas las deudas del fallecido. Esto implica que la entidad financiera puede exigir que todos los herederos pasen a ser titulares de la hipoteca. No obstante, es importante destacar que los herederos no pueden eludir su responsabilidad frente al banco, aunque hayan acordado entre ellos la adjudicación de la deuda a uno solo o a algunos de ellos.

Este proceso suele requerir que todos los herederos sean incorporados al préstamo hipotecario. Sin embargo, la situación puede complicarse cuando algunos herederos no desean asumir la deuda, lo que podría llevar a la necesidad de negociar con la entidad financiera. La entidad financiera no tiene la obligación de exigir garantías adicionales a los herederos siempre y cuando todos acepten hacerse cargo de la deuda en las mismas condiciones en que fue pactada originalmente. Sin embargo, existen situaciones específicas en las que el banco podría solicitar garantías adicionales o la contratación de nuevos productos:

  • Acuerdo entre herederos: Si los herederos llegan a un acuerdo para que solo algunos de ellos asuman la deuda, el banco puede considerar que el riesgo de impago ha aumentado, especialmente si el número de cotitulares se reduce. En estos casos, es probable que la entidad financiera solicite garantías adicionales, como la presentación de avalistas, o exija la contratación de seguros que garanticen el pago de la deuda.
  • Disminución de garantías: En el caso de que los herederos decidan vender la propiedad hipotecada, pero no liquidar la deuda, el banco podría requerir nuevas garantías para compensar la pérdida del bien como respaldo de la hipoteca. Este tipo de situaciones es menos común, pero no imposible.
  • Evaluación del perfil de los herederos: El banco podría también evaluar el perfil crediticio de los herederos que desean asumir la deuda. Si considera que la solvencia de estos no es suficiente para garantizar el cumplimiento de las obligaciones hipotecarias, es posible que exija garantías adicionales.

Ante la posibilidad de que el banco exija garantías adicionales, los herederos deben estar preparados para negociar. Este proceso puede incluir la presentación de avales, la solicitud de extensión del plazo de amortización o incluso la renegociación de las condiciones del préstamo. Es fundamental contar con asesoría legal durante este proceso para proteger los derechos de los herederos y garantizar que las nuevas condiciones sean justas y viables.

Además, es importante tener en cuenta que, aunque el banco tiene derecho a exigir garantías adicionales bajo ciertas circunstancias, no puede imponer cambios arbitrarios en las condiciones del préstamo sin el consentimiento de los herederos.

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