La multa que te puede poner la DGT si llevas este objeto en el coche: sanciones de hasta 1000 euros

Una práctica muy extendida, pero prohibida

Guardar

Nuevo

Dos agentes de la Guardia Civil en un control de tráfico (Eduardo Parra/ Europa Press)
Dos agentes de la Guardia Civil en un control de tráfico (Eduardo Parra/ Europa Press)

La venta de coches de segunda mano en España durante el año pasado aumentó un 2,6% respecto al ejercicio anterior, hasta alcanzar las 1.940.488 unidades. Una cifra que se traduce en dos vehículos usados por cada uno nuevo vendido en 2023. Hay quienes para darle a su turismo una segunda vida utilizan plataformas especializadas en este tipo de transacciones o incluso las redes sociales. Otros, en cambio, prefieren el método tradicional: llevar colgado un cartel de “se vende” en alguna de las ventanillas con los datos del contacto.

Los más clásicos, deberían ir despidiéndose de esta práctica, ya que, aunque sea una algo común, eso no significa que sea adecuado, podría suponer una sanción de hasta 1.000 euros. Las autoridades consideran que llevar un rótulo con estas características mientras el coche está en marcha puede impedir la visibilidad del conductor, por lo que está terminantemente prohibido.

También puedes seguirnos en nuestro canal de WhatsApp y en Facebook

“Visibilidad diáfana del conductor”

Así lo indica claramente el artículo 19 del Reglamento General de Circulación: “La superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencia de láminas o adhesivos”. La normativa hace hincapié en que sólo “se permitirá circular con láminas adhesivas o cortinillas contra el sol en las ventanillas posteriores cuando el vehículo lleve dos espejos retrovisores exteriores que cumplan las especificaciones técnicas necesarias”.

En este sentido, llevar cualquier objeto en la luna, los retrovisores o las ventanillas que suponga una pérdida de visibilidad y, por tanto, un mayor riesgo de sufrir un accidente, puede acarrear una multa de hasta 200 euros.

¿Y si el vehículo está estacionado?

Teniendo en cuenta que no se puede circular con este cartel en una de las ventanillas, fácilmente se puede llegar a la conclusión de que si el vehículo está estacionado no hay ningún tipo de problema. Pues no, la sanción en este caso es incluso mayor. Muchos ayuntamientos españoles prohibieron colocar el rótulo de ‘se vende’ si el turismo está aparcado.

Múltiples municipios del estado consideran esta práctica una variedad de venta ambulante ilegal, según explica compramostucoche.es. La regulación depende de cada localidad, por lo que es necesario echar un vistazo a las normas específicas.

Por qué algunos municipios no dejan pegar un cartel en el coche

Parece ser que las primeras ordenanzas se publicaron debido a las denuncias que interponían los vecinos quejándose de que muchos profesionales utilizaban las vías públicas y plazas de aparcamiento para estacionar coches con carteles de venta. Esta práctica molestaba a los locales porque no les quedaban plazas de aparcamiento libres.

Poco a poco más consistorios fueron sacando reglamento municipal prohibiendo llevar esta práctica acabo, considerándola un tipo de “venta callejera con publicidad”. El no cumplimiento de esta norma lleva implícita una multa que puedes llegar a ascender hasta los 1.000 euros. De esta forma, los ayuntamientos pretenden evitar que las personas dedicadas a la compraventa ocupen los aparcamientos públicos para realizar su actividad.

Asimismo, un estudio realizado por la Asociación Nacional de Comerciantes de Vehículos (Ancove) advierte de que la mayoría de los coches con letrero de ‘se vende’ proceden de grupos organizados.

Hacienda te paga esta cantidad de dinero por kilómetro si usas tu coche para trabajar.
Guardar

Nuevo