El próximo 22 de agosto de 2024, entrará en vigor la Ley Orgánica 2/2024 de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, también conocida como la Ley de Paridad. Esta ley busca garantizar la igualdad de género en diversos ámbitos, incluyendo el laboral. Sin embargo, un “error técnico” en la redacción de la norma ha generado una gran controversia, ya que podría permitir a las empresas despedir a los trabajadores que soliciten cambios en su jornada laboral o permisos por conciliación familiar.
“Es un error técnico que se ha producido en contra de la voluntad de todos los que hemos participado en el desarrollo de la norma”, indicó la ministra de Igualdad, Ana Redondo, durante una una comparecencia el pasado miércoles 14 de agosto en Valladolid, con motivo de su asistencia al minuto de silencio que se ha guardado en la Delegación del Gobierno por el asesinato de una mujer el pasado lunes.
En la comparecencia recogida por el Diario de León, Redondo insistió en que ya se está trabajando para corregir el fallo, pero esto no ocurrirá hasta que se reinicie la actividad en el Congreso, lo que se retrasaría hasta septiembre. “Vamos a intentar corregirlo en las primeras acciones parlamentarias”, explicó la ministra, quien reconoció que se trata de un “error técnico lamentable” y añadió que “ni estaba previsto ni responde a una voluntad política”.
El fallo se ha generado con la introducción de una disposición relativa a las trabajadoras víctimas de violencia de género en la ley de paridad, realizada sobre un texto desactualizado del Estatuto de los Trabajadores, que elimina de facto la protección de los empleados ante estos casos. Desde el Ministerio de Trabajo transmiten que la Inspección estará especialmente atenta estas semanas para garantizar los derechos de los trabajadores. “Hará uso de sus facultades con el máximo rigor para evitar cualquier discriminación en el ámbito laboral”, expresan.
Impacto en los trabajadores
La nueva Ley de Paridad otorga potestad a las empresas para despedir a los trabajadores que soliciten permisos de cinco días para cuidar de familiares enfermos o cambios en su jornada laboral por motivos de conciliación. El error se debe a una omisión en las protecciones legales que hasta ahora blindaban a estos trabajadores frente a despidos.
Previo a la aprobación de esta ley, los despidos relacionados con la solicitud de permisos o cambios en la jornada laboral por conciliación familiar eran considerados nulos, lo que obligaba a las empresas a reincorporar al trabajador y le ofrecía una mayor protección. Sin embargo, con la entrada en vigor de la nueva ley, estos despidos pasarían a ser calificados como improcedentes. Esto significa que la empresa podría despedir al trabajador, pagar una indemnización, y no estar obligada a readmitirlo.
El cambio en la consideración de estos despidos tiene importantes implicaciones para los derechos de los trabajadores. En lugar de ofrecer una protección robusta que garantice el derecho a la conciliación, la ley tal como está redactada permitiría a las empresas tomar medidas drásticas contra aquellos empleados que intenten ajustar su jornada laboral para cuidar de sus familias. Esto no solo genera incertidumbre para miles de trabajadores, sino que también supone un retroceso en las políticas de igualdad y conciliación que el Gobierno ha promovido en los últimos años.
Organizaciones sindicales y defensores de los derechos laborales han expresado su preocupación por este error. Desde UGT, por ejemplo, se ha advertido que este fallo podría socavar años de avances en la protección de los derechos de los trabajadores, especialmente en un momento en el que la conciliación entre la vida laboral y familiar es una prioridad para muchas familias.