Cómo se reparte la propiedad de un piso después de un divorcio

Esta división dependerá de muchos factores, como el régimen en el que la pareja estuviera casada o si hay hijos de por medio

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Firma de documento (GettyImages)
Firma de documento (GettyImages)

Cada vez hay más divorcios en España. Según el último informe ‘Transformación y crisis de la institución matrimonial en España’, elaborado por el Observatorio Demográfico CEU, algo más del 50% de los matrimonios se acaban separando en el país. Cuando se dan estas situaciones, a menudo surgen dudas sobre el reparto de los vienes conjuntos, especialmente en el caso de las propiedades. Lo primero que hay que saber, es que esta división dependerá de muchos factores, como el régimen en el que la pareja estuviera casada o si hay hijos de por medio.

El sistema más escogido por los españoles es el régimen de gananciales. Como se declara en el Artículo 1.344 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo, “mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para el marido y la mujer las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidas por mitad al disolverse aquella”. Esto implica que tanto los bienes adquiridos por los cónyuges antes del matrimonio como los que obtengan a partir de ese momento serán de propiedad compartida hasta la disolución del enlace. Al concluir, cada cónyuge obtendrá la mitad del total de los bienes acumulados, por lo que el piso familiar pasará a pertenecer a las dos personas con un 50% -independientemente de quien lo hubiera pagado-.

En este caso, el artículo 96 del Código Civil establece que, “en defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden”. Es decir, que es el progenitor que más tiempo va a cuidar a los niños, sea el que lo use o se lo quede. Y en caso de custodia compartida será el juez el que deberá determinar quién se afinque en él.

La otra modalidad más conocida y que ha ganado mayor relevancia en los últimos años es la separación de bienes. Según el Artículo 1.437 de la misma Ley, “en el régimen de separación pertenecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y, los que después adquiera por cualquier título. Asimismo corresponderá a cada uno la administración, goce y libre disposición de tales bienes”. Esto significa que cada integrante de la pareja posee y administra exclusivamente sus bienes personales, independientemente de si fueron adquiridos antes o durante el matrimonio. En este caso, tras un divorcio, el reparto se realizará asignando a cada cónyuge sus bienes personales, y distribuyendo los bienes adquiridos conjuntamente con dinero propio de cada uno, de acuerdo con la proporción de sus respectivas contribuciones (salvo que se llegue a algún acuerdo distinto).

Tipos de divorcio

Existen numerosos tipos de divorcios, dependiendo de las circunstancias de las parejas. Los divorcios contenciosos se producen cuando la pareja no logra alcanzar un acuerdo y es necesario que un juez regule la disolución del matrimonio. Este tipo de procedimiento judicial requiere que cada cónyuge contrate a un abogado y un procurador, lo que generalmente conlleva un gasto de entre 1.500 y 2.500 euros por persona, un costo que puede aumentar si hay hijos involucrados.

Por otro lado, en los divorcios de mutuo acuerdo, la pareja decide las condiciones de su separación de manera conjunta. Sin embargo, la complejidad y el coste del proceso pueden variar si la pareja tiene hijos menores.

El divorcio express, también conocido como divorcio notarial, es la opción más rápida y económica, disponible para parejas sin hijos menores. Este procedimiento se puede gestionar directamente ante un notario, con un coste que suele empezar en los 200 euros por persona. La posibilidad de compartir abogado y la ausencia de un procurador contribuyen a reducir los costos en este tipo de divorcio.

Qué pasa con el dinero y bienes de la herencia en caso de divorcio.
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