Estos son los subsidios que el SEPE eliminará el 1 de noviembre, pero que todavía pueden cobrarse

Las ayudas que se eliminan se integrarán en el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, que se otorga cuando se ha terminado el paro, sigue sin empleo y sin ingresos suficientes

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Una mujer pasa por delante de una oficina de empleo. (Europa Press)
Una mujer pasa por delante de una oficina de empleo. (Europa Press)

El pasado mes de mayo, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 2/2024, que incorpora las reformas del Plan de Recuperación en materia de prestaciones por desempleo con el objetivo de reducir el paro estructural y aumentar la eficiencia de las políticas públicas de empleo. Estas medidas tienen como objetivo el reducir los ocho subsidios por desempleo aún vigentes, que disminuirán a cuatro a partir del próximo 1 de noviembre.

Actualmente, se puede solicitar el subsidio por cotización insuficiente, la Renta Activa de Inserción (RAI)el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, el subsidio para mayores de 45 años, el Subsidio Extraordinario de Desempleo (SED), el subsidio para emigrantes retornados, la ayuda para personas con pensión de incapacidad y el subsidio para liberados de prisión.

Qué pensiones se eliminan en noviembre

A partir del próximo 1 de noviembre el Gobierno eliminará:

  • El subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares
  • El subsidio destinado a liberados de prisión
  • El Subsidio Extraordinario de Desempleo (SED)
  • La Renta Activa de Inserción (RAI).

A partir de entonces, habrá cuatro tipos de subsidios disponibles: el de insuficiencia de cotización (para quienes no tienen derecho al paro), el destinado a emigrantes retornados, el subsidio para personas con pensión de incapacidad, y el de mayores de 52 años. Las ayudas que se eliminan se integrarán en el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, que se otorga cuando se ha terminado el paro, sigue sin empleo y sin ingresos suficientes.

Modificaciones en subsidios por cotización insuficiente

A partir de noviembre, el subsidio para quienes han cotizado insuficientemente se igualará para todo el mundo. Desde entonces, se necesitarán 90 días cotizados, tanto para la gente con como sin responsabilidades familiares, para recibir tres meses de ayuda. Si se cotizan cuatro o cinco meses, el subsidio cubrirá ese mismo periodo. Con seis meses o más, la duración será de seis meses sin responsabilidades familiares y 21 meses con ellas.

Entre los nuevos beneficiarios se incluirán a menores de 45 años sin responsabilidades familiares que hayan agotado una prestación contributiva de 360 días y personas con menos de seis meses cotizados, incluso sin cargas familiares. Y los trabajadores eventuales agrarios también podrán acceder al subsidio por cotizaciones insuficientes sin las restricciones previas.

El subsidio para personas mayores de 52 años se dirige a quienes tienen ingresos inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). (Freepik)
El subsidio para personas mayores de 52 años se dirige a quienes tienen ingresos inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). (Freepik)

Nuevo subsidio para víctimas de violencia de género

La derogación del Real Decreto 1369/2006, que regulaba la RAI para desempleados con especiales necesidades económicas, dará paso a un nuevo subsidio destinado a mujeres mayores de 16 años víctimas de violencia de género. Esto asegura la continuidad de la protección que ofrecía el programa anterior.

Cobrar otra prestación después del subsidio por desempleo

La reforma de las prestaciones por desempleo también incluye un sistema para que sea más automático el paso del subsidio por desempleo al Ingreso Mínimo Vital (IMV) en los caos en los que el beneficiario agote la prestación sin reincorporarse al mercado laboral. Según fija la disposición final cuarta del Real Decreto-ley, se eliminan cargas administrativas y la solicitud del IMV se hará directamente por el SEPE si la persona da su consentimiento.

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