La Seguridad Social te puede suspender la pensión de incapacidad permanente por estos motivos

La Seguridad Social es muy estricta en cuanto al fraude a la hora de preservar las pensiones por incapacidad permanente

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La Seguridad Social te puede
La Seguridad Social te puede suspender la pensión de incapacidad permanente por estos motivos. (Freepik)

El sistema de la Seguridad Social en España tiene a su disposición varios modelos de prestaciones que buscan compensar la disminución de los ingresos en aquellas personas que se encuentre en situaciones de vulnerabilidad económica. Una de estas pensiones es la de incapacidad permanente, que busca proteger a quienes han visto reducida total o parcialmente su capacidad para trabajar. En este sentido, esta ayuda puede llegar a ser determinante para el día a día de muchas personas. Por ello, una vez se recibe, es frecuente que los beneficiarios se pregunten si existe alguna razón que justifique la retirada de esta pensión en el futuro.

La pensión por incapacidad permanente se otorga a trabajadores que, tras recibir tratamiento médico, presentan “reducciones anatómicas y funcionales graves” que disminuyen o anulan su capacidad laboral. De esta forma, según la ley vigente, la Seguridad Social puede suspender temporalmente esta prestación en los siguientes casos:

  • Cambio de entidad bancaria sin notificar: Uno de los motivos menos conocidos, pero más frecuentes, de suspensión temporal de la pensión de incapacidad permanente es el cambio de entidad bancaria sin notificación a la Seguridad Social. La mayoría de pensionistas tienen domiciliada su pensión en una cuenta bancaria específica. Si deciden cambiar de banco y no informan a la Seguridad Social, esta puede suspender el pago hasta que se regularice la situación. Es fundamental que los beneficiarios comuniquen cualquier cambio en sus datos bancarios para evitar interrupciones en el cobro.
  • Residencia en el extranjero: Otro motivo que puede llevar a la suspensión del pago es la residencia fuera de España. Los pensionistas que viven en el extranjero deben cumplir con el requisito de enviar un documento de fe de vida a la Seguridad Social durante el primer trimestre de cada año. Este documento permite a la Administración confirmar que el beneficiario sigue vivo y, por tanto, continúa teniendo derecho a la pensión. La no presentación de este documento puede resultar en la suspensión del pago hasta que se aclare la situación.
  • Fraude o conducta imprudente: La Seguridad Social es muy estricta en cuanto al fraude. Si se descubre que un beneficiario ha actuado de manera fraudulenta para obtener o conservar el derecho a la pensión, se procederá a la suspensión inmediata del pago. Asimismo, si la incapacidad permanente se ha producido o agravado como consecuencia de una imprudencia temeraria del beneficiario, esto también puede llevar a la suspensión de la pensión.
  • Abandono de tratamientos: La rehabilitación y el seguimiento de los tratamientos médicos prescritos son esenciales para la evaluación continua de la incapacidad. Si un beneficiario abandona sin causa razonable los tratamientos o procesos de rehabilitación indicados, la Seguridad Social tiene la potestad de suspender el pago de la pensión. Este aspecto también se aplica si la incapacidad se agrava debido al rechazo o abandono de un tratamiento médico prescrito durante la incapacidad temporal.
Un abogado explica los requisitos para recibir la pensión de incapacidad permanente por ansiedad generalizada.

Causas de extinción de la pensión por incapacidad permanente

Por otra parte, las causas por las que la pensión por incapacidad permanente puede extinguirse son las siguientes:

  • Reconocimiento de la pensión de jubilación: cuando esto sucede, la incapacidad permanente desaparece y la persona afectada empieza a ingresar la pensión de jubilación.
  • Curación del trabajador.
  • Fallecimiento del beneficiario.

En estos casos, es necesario seguir los procedimientos legales establecidos para revisar la incapacidad y ajustar la situación según los cambios ocurridos. Cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) concede una incapacidad permanente, el Tribunal Médico puede considerar que, debido a la naturaleza de la enfermedad, exista la posibilidad de mejoría con el tiempo. En consecuencia, el INSS puede solicitar una revisión. Así, si el INSS programa una revisión, la asistencia a esta cita por parte del beneficiario es obligatoria.

Es importante destacar que la revisión no sólo puede solicitarse por mejoría, sino también por empeoramiento. Acreditando un deterioro, se puede obtener un grado superior de incapacidad.

Qué hacer si te retiran la pensión por incapacidad permanente

Si el resultado de una revisión es la retirada de la pensión por incapacidad permanente, siempre está abierta la opción de impugnarla. En un primer momento, se puede presentar una reclamación administrativa previa, exponiendo los argumentos y fundamentos para demostrar que la retirada de la pensión es injustificada.

Es muy importante cumplir con los plazos establecidos para presentar la reclamación y seguir los procedimientos legales correspondientes para maximizar las posibilidades de éxito en la impugnación. En caso de que la impugnación sea denegada, queda la vía judicial, cuyos trámites deben llevarse a cabo con la asistencia de un abogado.

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