Cómo solicitar la ayuda para una vivienda de protección oficial en Aragón

Para beneficiarse de la subvención no se pueden tener ingresos inferiores a 1´5 veces el IPREM ni superiores a 5´5 veces

Construcción de viviendas (Europa Press)

El pasado 7 de agosto, la comunidad autónoma de Aragón publicaba en su Boletín Oficial, una convocatoria de nuevas subvenciones para la adquisición de vivienda protegida de nueva construcción en la región. La ayuda consiste en el abono de un único pago de hasta 17.000 euros (dependiendo de las circunstancias familiares: nivel de ingresos y tipo de familia) y se puede solicitar desde el pasado 8 de agosto y hasta el 8 de noviembre de 2024.

Hay dos maneras de hacerlo: presencial u online. Quienes opten por presentar la solicitud a papel deben completar el formulario indicado en el anexo I del BOA y dirigirlo a la Subdirección Provincial de Vivienda correspondiente en Huesca, Teruel o Zaragoza, según la ubicación de la vivienda.

Si se prefiere la presentación electrónica, es necesario adjuntar la documentación en formato PDF, utilizando uno de los sistemas de identificación (firma electrónica) y completando el formulario de solicitud del anexo I del BOA. Esta presentación se realiza a través del Registro Electrónico General de Aragón. Para completar el proceso de manera electrónica, es necesario rellenar todos los campos requeridos, adjuntar la documentación necesaria, firmar digitalmente y enviar la solicitud junto con la documentación a través del sistema de registro electrónico.

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Requisitos para acceder a la subvención

La publicación del Boletín establece que podrán ser beneficiarias de esta subvención:

  1. Las personas físicas que adquieran la vivienda, los adjudicatarios miembros de cooperativas o de comunidades de bienes, a partir del momento en que se les adjudique una vivienda individualizada, y los promotores individuales de viviendas protegidas de nueva construcción para uso propio, a partir del momento de la obtención de la calificación provisional de su vivienda
  2. Beneficiarios con ingresos no inferiores a 1´5 veces el IPREM y no podrán superar 5´5 veces el IPREM
  3. Cumplir los requisitos de acceso a una vivienda protegida de la comunidad

Cuantías

El cálculo de la ayuda se basa en los ingresos del solicitante en relación con el IPREM.

  • Ingresos entre 1,5 y 2,5 veces el IPREM:
    Cuantía general: 15.000 euros.
    Jóvenes menores de 39 años: 16.000 euros.
    Grupos prioritarios (víctimas de violencia de género, familias numerosas o monoparentales, personas con discapacidad del 33% o más, y familias con miembros discapacitados): 17.000 euros.
  • Ingresos entre 2,5 y 3,5 veces el IPREM:
    Cuantía general: 13.000 euros.
    Jóvenes menores de 39 años: 14.000 euros.
    Grupos prioritarios: 15.000 euros.
  • Ingresos entre 3,5 y 5,5 veces el IPREM:
    Cuantía general: 11.000 euros.
    Jóvenes menores de 39 años: 12.000 euros.
    Grupos prioritarios: 13.000 euros.

Obligaciones de los beneficiarios

Por su parte, los propietarios tendrán que cumplir con una serie de obligaciones, entre las que destacan:

  • Destinar la vivienda a residencia habitual y permanente
  • Facilitar a la Administración la información que esta solicite
  • Justificar, en tiempo y forma, el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión de la subvención, así como la efectiva aplicación de los fondos a la finalidad para la que fueron aprobados.
  • Comunicar al órgano instructor otras ayudas económicas que se le concedan o hayan concedido
  • Devolver el importe de la subvención recibida, en los casos de incumplimiento, o de revocación y modificación total o parcial de la resolución
  • Conservar los documentos justificativos en tanto puedan ser objeto de comprobación y control
  • Justificar los gastos realizados mediante la presentación de la documentación correspondiente
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