Qué pasa si un funcionario se jubila anticipadamente: esto es lo que cobrará de pensión

Los funcionarios pueden solicitar su jubilación de forma voluntaria a partir de los 60 años, aunque para ello deben tener reconocidos al menos 30 al servicio del Estado

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Los trabajadores públicos se pueden acoger a la jubilación anticipada. (Freepik)
Los trabajadores públicos se pueden acoger a la jubilación anticipada. (Freepik)

El acceso a las pensiones es una de las principales preocupaciones de la población española. En el último año, estas prestaciones han experimentado una revalorización y la cuantía ha subido un 8,5% al tomar como base la inflación media del ejercicio anterior. Muchos trabajadores cuentan los meses para poner fin a su vida laboral y solicitar el retiro. Los funcionarios públicos, por ejemplo, pueden acogerse a la jubilación de forma anticipada con 60 años, aunque para ello tienen que cumplir con una serie de requisitos.

Actualmente, la edad ordinaria de jubilación se fija en España en los 65 años para los trabajadores que hayan cotizado por encima de los 37 años y seis meses que marca la ley. Los contribuyentes que no hayan cotizado el mínimo exigido tienen que esperar hasta los 66 años y cuatro meses. Sin embargo, los funcionarios pueden dejar de trabajar mucho antes, concretamente cinco años.

Jubilación anticipada para funcionarios

Dentro del grupo de trabajadores públicos, existen dos clases de clasificaciones, en función del régimen de la Seguridad Social que aplique en cada caso. Por un lado, están los funcionarios incluidos en el régimen de clases pasivas y, por otro, los que se enmarcan en el sistema general. Cada una de las modalidades tiene sus propias condiciones, también en lo que se refiere a la jubilación.

Los funcionarios pueden solicitar su jubilación de forma voluntaria a partir de los 60 años, aunque para ello deben tener reconocidos al menos otros 30 al servicio del Estado. De este cómputo, los interesados deben acreditar que han completado un período de 15 años de servicios efectivos al sistema público. Esta cláusula, sin embargo, no aplica para los empleados de la Administración del Estado en servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares o por violencia de género.

El cálculo de la pensión

El cálculo de la pensión para funcionarios se basa en el régimen de Clases Pasivas o el Régimen General de la Seguridad Social, dependiendo de la fecha de ingreso en el cuerpo de funcionarios. Esta prestación se calcula de forma distinta dependiendo del régimen:

- Régimen de Clases Pasivas:

  • Base Reguladora: Se calcula en función de los años de servicio y las retribuciones percibidas.
  • Porcentaje Aplicable: Se aplica un porcentaje sobre la base reguladora que aumenta con los años de servicio hasta un máximo del 100% con 35 años de servicio.
  • Reducción por Anticipación: En caso de jubilación anticipada, se aplica un coeficiente reductor que disminuye la pensión final.

- Régimen General de la Seguridad Social:

  • Base de Cotización: Se calcula sobre las bases de cotización de los últimos años trabajados.
  • Coeficiente Reductor: Similar al Régimen de Clases Pasivas, se aplica una reducción en función de los años de anticipación respecto a la edad legal de jubilación.

Ejemplo de cálculo de pensión anticipada

Supongamos que un funcionario decide jubilarse a los 63 años, habiendo cotizado 38 años. Si su base reguladora es de 2.500 euros al mes, el cálculo de la pensión sería:

  • Cálculo de la Base Reguladora: Base Reguladora Mensual: 2.500 euros
  • Porcentaje por Años de Servicio: Por 38 años cotizados, el porcentaje aplicable sería cercano al 100%.
  • Reducción por Jubilación Anticipada: Si la penalización es del 7% por año de adelanto, y se jubila dos años antes, la reducción total sería del 14%.
  • Pensión Final:
    -
    Pensión sin Reducción: 2.500 euros
    - Reducción: 2.500 euros * 14% = 350 euros
    - Pensión Final: 2.150 euros al mes
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