La multa de hasta 90.000 euros que pueden recibir los propietarios que alquilen viviendas sin cumplir este trámite

Cuando se alquila una vivienda, la ley establece que los inquilinos deben entregar una fianza que el propietario debe depositar en el organismo público correspondiente

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La fianza debe depositarse en el organismo público correspondiente (Freepik)
La fianza debe depositarse en el organismo público correspondiente (Freepik)

Los propietarios de viviendas en España están bajo la atenta vigilancia de Hacienda y otras administraciones para garantizar que cumplan tanto con sus obligaciones fiscales como con las derivadas de los contratos de alquiler. Un aspecto clave que deben tener en cuenta los propietarios es el depósito de la fianza del alquiler en la administración correspondiente. No cumplir con este trámite puede resultar en sanciones de hasta 90.000 euros.

Cuando se alquila una vivienda, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que los inquilinos deben entregar una fianza equivalente a un mes de alquiler para inmuebles destinados a uso de vivienda y de dos meses para aquellos con uso distinto al de vivienda. Esta fianza, dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre la propiedad, debe ser depositada en el organismo competente de la administración pública.

Sanciones por comunidad autónoma

No todas las Comunidades Autónomas tienen la obligación de depositar la fianza. Según el portal Mundo Jurídico, en la Comunidad Foral de Navarra y el Principado de Asturias no es necesario realizar este depósito. Sin embargo, en el resto de las autonomías, el incumplimiento de este requisito puede acarrear sanciones que varían según la gravedad de la infracción y las regulaciones específicas de cada región.

Andalucía:

  • Infracciones leves: entre 30 y 1.800 euros.
  • Infracciones graves: entre el 50% y el 150% del importe de la fianza, o entre 300 y 6.000 euros.
  • Infracciones muy graves: el doble de la multa que se hubiera impuesto en caso de ser una infracción grave.

Cataluña:

  • Infracciones leves: entre el 25% y el 35% del valor de la fianza.
  • Infracciones graves: hasta el 35% del valor de la fianza con un máximo de 6.000 euros.

Comunidad de Madrid:

  • Infracciones leves: entre el 5% y el 25% del importe de la fianza, con un máximo de 6.010,12 euros.
  • Infracciones graves: entre el 26% y el 50% del importe de la fianza, con un máximo de 90.151,82 euros.

Comunidad Valenciana:

  • Infracciones graves: las multas pueden llegar hasta los 3.000 euros.
Acceder a una casa ya es un lujo en Madrid y Barcelona: el precio de compra ronda los 5.000 euros el m2 y el alquiler, los 20 euros.

Consecuencias para los propietarios

El incumplimiento de esta normativa no solo supone un riesgo económico significativo para los propietarios, sino que también puede generar problemas legales adicionales. Además de las multas, los propietarios que no depositen la fianza en la administración pueden enfrentarse a reclamaciones por parte de los inquilinos, quienes tienen derecho a exigir el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales.

El proceso para depositar la fianza varía según la Comunidad Autónoma, pero generalmente implica presentar un formulario específico y realizar el pago en la entidad designada por la administración. Es esencial que los propietarios se informen sobre los requisitos particulares de su región para evitar sanciones. Cumplir con las obligaciones de depósito de la fianza no solo evita sanciones, sino que también ofrece protección tanto al propietario como al inquilino. La fianza depositada en la administración asegura que los fondos estarán disponibles para cubrir cualquier daño o incumplimiento del contrato por parte del inquilino, proporcionando una garantía adicional en la relación de arrendamiento.

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