El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado este miércoles que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha llegado a un acuerdo con los sindicatos y la patronal para legislar las reformas pendientes en materia de pensiones y Seguridad Social. Este pacto, negociado desde diciembre de 2023, contiene seis aspectos principales que quedaron pendientes desde la reforma de las pensiones de 2021.
El acuerdo, alcanzado tras meses de negociación, regula materias que habían quedado pendientes en reformas anteriores. Entre ellas se encuentran la jubilación demorada, la jubilación activa, la jubilación anticipada con contrato relevo, el papel de las mutuas y el adelanto del retiro en profesiones penosas.
Jubilación anticipada por razón del grupo o actividad profesional
La edad ordinaria de jubilación puede ser rebajada o anticipada en aquellos grupos o actividades profesionales cuyos trabajos sean excepcionalmente penosos, peligrosos, tóxicos o insalubres y presenten elevados índices de morbilidad o mortalidad. Los trabajadores afectados deben acreditar un mínimo de actividad en la respectiva profesión, encontrarse en situación de alta o asimilada y cumplir los demás requisitos generales exigidos.
Sin embargo, aunque se apliquen coeficientes reductores -descuentos o penalizaciones- a la pensión de jubilación, estos no pueden permitir que una persona se jubile antes de cumplir los 52 años. Esta limitación no afectará a los trabajadores de los regímenes especiales, como la Minería del Carbón y Trabajadores del Mar, que en 2008 tenían reconocidos coeficientes reductores de la edad de jubilación. En estos casos, seguirán aplicándose las reglas establecidas en la normativa anterior.
Ahora, el acuerdo introduce cambios para facilitar la jubilación anticipada de trabajadores en actividades penosas, insalubres, tóxicas o peligrosas, aunque sin fijar criterios estrictos y uniformes. El ministerio ha acordado incluir la dimensión de penosidad según la edad y el género, así como la posibilidad de añadir informes epidemiológicos a petición de los solicitantes.
Profesiones beneficiadas por la jubilación anticipada
Las siguientes profesiones podrán beneficiarse de la jubilación anticipada sin ser penalizadas, siempre que cumplan con los requisitos establecidos:
- Trabajadores incluidos en el Estatuto Minero. Los trabajadores de la minería, por la naturaleza penosa y peligrosa de su labor, seguirán teniendo la posibilidad de jubilarse antes de la edad ordinaria sin ser penalizados. Este grupo incluye a aquellos involucrados en la Minería del Carbón y otros trabajos mineros.
- Personal de vuelo de trabajos aéreos. Los profesionales del aire, como pilotos y tripulantes, cuya labor exige un alto nivel de responsabilidad y exposición a riesgos, también podrán acceder a la jubilación anticipada.
- Trabajadores ferroviarios. Los empleados del sector ferroviario, desde conductores hasta personal de mantenimiento, que enfrentan riesgos constantes y condiciones de trabajo duras, serán incluidos en esta medida.
- Artistas. Los artistas, cuya profesión puede involucrar esfuerzo físico significativo y exposición a condiciones laborales insalubres, también podrán beneficiarse de la jubilación anticipada.
- Profesionales taurinos. Los toreros y otros profesionales taurinos, debido a la naturaleza extremadamente peligrosa de su trabajo, podrán jubilarse antes sin penalización.
- Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos. Los bomberos, que enfrentan peligros extremos y condiciones de trabajo exigentes, podrán acceder a la jubilación anticipada.
- Los cuerpos de seguridad, incluidos la Ertzaintza, Policías Locales, Mossos d’Esquadra y la Policía foral de Navarra, por la naturaleza riesgosa y demandante de sus funciones, podrán jubilarse anticipadamente sin ser penalizados.
Este acuerdo representa un paso significativo hacia un sistema de pensiones más justo y equitativo, reconociendo las condiciones especiales y los riesgos asociados a diversas profesiones en España.
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