Cuando una persona fallece, sus herederos se enfrentan a la decisión de aceptar o repudiar la herencia. Esta elección puede estar influenciada por diversos factores, como la cantidad de deudas que deja el fallecido o el elevado impuesto de sucesiones. Repudiar una herencia significa que el heredero renuncia a recibir tanto los bienes como las deudas del fallecido y, por ende, no tendrá que pagar el impuesto de sucesiones. Sin embargo, la situación se complica cuando el heredero que quiere renunciar tiene hijos menores.
El proceso para renunciar a una herencia está claramente regulado en el Código Civil. El primer requisito indispensable es que el causante (la persona que deja la herencia) haya fallecido. Según el artículo 991 del Código Civil, nadie puede aceptar o repudiar una herencia sin estar seguro de la muerte del causante y de su derecho a heredar. Además, no se puede renunciar a una herencia antes de que hayan pasado al menos nueve días desde el fallecimiento del causante.
La renuncia debe realizarse de manera expresa y ante notario, tal como estipula el artículo 1008 del Código Civil. Este acto no requiere la explicación de los motivos que llevan al heredero a renunciar. Es importante destacar que una vez efectuada, la renuncia es irrevocable.
Efectos de la renuncia en caso de herederos menores
La situación varía dependiendo de si el fallecido dejó un testamento o no. Si no hay testamento, los hijos del renunciante no tienen derechos en la sucesión del abuelo, por lo que no necesitan aceptar ni renunciar a la herencia. El artículo 929 del Código Civil establece que no se puede representar a una persona viva salvo en casos de desheredación o incapacidad. Esto significa que, en ausencia de un testamento, los nietos no pueden heredar directamente de sus abuelos si su padre o madre ha renunciado a la herencia.
Si existe un testamento, el contenido del mismo determinará los derechos de los descendientes. Si el testador (persona que hizo el testamento) designa a su hijo como heredero y lo sustituye vulgarmente por sus descendientes, entonces los nietos del testador podrán heredar en caso de renuncia del heredero designado. Según el artículo 774 del Código Civil, la sustitución vulgar cubre los casos de premoriencia, renuncia del heredero o incapacidad.
Situaciones especiales
Una situación especial se presenta cuando el causante fallece y, antes de que el hijo renuncie a la herencia, nace un nieto. En el caso de que el nieto ya estuviera concebido al momento del fallecimiento del testador, según el artículo 29 del Código Civil, se considera que está llamado a la herencia, aunque la división de esta quedará en suspenso hasta su nacimiento.
Si el nieto nace después de la renuncia del heredero, pero no estaba concebido al momento del fallecimiento del testador, no tendrá derechos sobre la herencia del abuelo. El artículo 758 del Código Civil establece que la capacidad del heredero o legatario se califica en función del momento de la muerte de la persona de cuya sucesión se trate.