El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha enviado este miércoles un escrito al juez Juan Carlos Peinado, que está investigando a Begoña por tráfico de influencias en el que muestra su voluntad de declarar en el juicio. Sin embargo, le recuerda al magistrado que su declaración tiene que ser por escrito, según lo marca la legislación española.
El texto, al que ha tenido acceso Infobae España, comienza explicando que tuvo conocimiento a través de los medios de la decisión tomada por el juez, en la que se acordaba su “declaración testifical en el seno de unas diligencias previas que se tramitan en su juzgado”.
“Es mi voluntad, como no puede ser de otro modo, colaborar con la Administración de Justicia, siempre en el marco del estricto cumplimiento de la Constitución Española y la Ley que a todos nos vinculan y que son la máxima garantía de nuestro Estado de Derecho”, explica.
“Conforme con lo establecido en el art. 412.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”
Por ello, Sánchez recuerda, que “con el fin de garantizar el estricto cumplimiento del Ordenamiento Jurídico y dadas las cuestiones que son objeto del citado procedimiento, esa declaración debe producirse conforme con lo establecido en el art. 412.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que prevé que, por razón de mi cometido como Presidente del Gobierno, mi declaración se deberá prestar por escrito. Es notorio que mi comparecencia resulta inescindible de la condición de Presidente del Gobierno”.
Dicho esto añade que debido al cargo que ocupa tiene “el deber y la responsabilidad de cumplir la Ley”. Así como “preservar el sentido propio de la institución a la que represento por elección del Congreso de los Diputados”.
El mensaje lo cierra asegurando que no tiene duda de que el magistrado “compartirá la necesidad del máximo respeto en nuestro marco constitucional y legal y, por lo tanto, a lo establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal respecto a la institución del Presidente del Gobierno”.
La citación de Pedro Sánchez
El juez citó el pasado lunes a declarar el próximo 30 de julio a Sánchez en calidad de testigo. El magistrado anunció que se desplazaría al Palacio de La Moncloa para practicar la prueba testifical. En el escrito, el juez instructor subrayó que a fin de investigar el posible tráfico de influencias en el que pudo incurrir Begoña Gómez, “así como la posible relación de la persona investigada con una autoridad, se considera conveniente, útil y pertinente” la toma de declaración del esposo de la investigada”.
El juez estableció que la comparecencia tuviera lugar en el Palacio de La Moncloa en virtud del artículo 412.3 de la LECrim, que permite a los miembros del Gobierno, entre otros cargos públicos, que sea el juez quien se desplace a su domicilio o sede, en este caso, la de la presidencia del Gobierno.
Como ha recordado ahora el presidente, según el artículo 412.2 de la LECrim, esos mismos cargos estarían exentos de “concurrir al llamamiento del juez, pudiendo informar por escrito sobre los hechos de que tengan conocimiento por razón de su cargo”. El magistrado basó su decisión en que no llama a declarar a Sánchez “sobre cuestiones de las que no haya tenido conocimiento por razón de su cargo”, lo que le permitiría acudir a Moncloa para interrogarle.
De cara a la práctica de esa testifical, que fue solicitada el pasado viernes por la acusación popular ejercida por Vox, el magistrado ordenó que el día 29 de julio se instalen en La Moncloa los “dispositivos necesarios” para que la declaración de Pedro Sánchez sea grabada.