El Supremo decreta que llevar a un perro de una raza potencialmente peligrosa suelto y sin bozal es una imprudencia grave

La acusada ha sido condenada de un delito de lesiones por imprudencia grave, después de que su perro atacará a una niña de 5 años en un parque infantil

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El Tribunal Supremo ha condenado de un delito de lesiones por imprudencia grave a una mujer que llevaba a su perro de unan raza potencialmente peligrosa suelto y sin bozal y que atacó a una niña de cinco años. El caso ha sido muy debatido, ya que este tipo de infracciones no están claramente establecidas e incluso la Audiencia Provincial de Valencia lo había considerado imprudencia leve en un juicio anterior.

Los hechos ocurrieron el 30 de enero de 2019, cuando la mujer paseaba con su perro por la calle. Lo llevaba suelto y sin bozal, “a sabiendas de que pertenecía a una raza de perros potencialmente peligrosos y que existía riesgo de que pudiera menoscabar la integridad física de las personas con la que se encontrara”.

Cerca de las 14:45 el animal salió corriendo hacía la niña de 5 años, que se encontraba en un parque infantil cercano con su abuelo. Se abalanzó sobre ella y comenzó a morderle los glúteos, a lo que el abuelo intentó quitarlo de encima dándole golpes, pero sin llegar a conseguirlo. En ese momento llegó la dueña, que le consiguió apartar cogiéndole de las mandíbulas y abriéndole la boca. La Policía llegó a los 10 minutos avisados por el abuelo.

Como consecuencia de la agresión la menor sufrió una mordedura de perro en el glúteo izquierdo, que le provocó extrusión de subcutáneo de 2 centímetros y erosión a nivel lumbar izquierdo. “Tales menoscabos físicos necesitaron anestesia local y sutura quirúrgica para sanar además de antibióticos, y tardaron en curar diez días, tres de los cuales la niña estuvo impedida para realizar sus actividades habituales. A la menor le ha quedado como secuela una cicatriz en palmo dérmico del glúteo izquierdo de 6 cms”, explica la sentencia.

El factor de riesgo

La Audiencia Provincial de Valencia consideró la imprudencia como leve, quitándole responsabilidad a la dueña. El Fiscal consideró entonces que, incluso con la redacción de la reforma de 2015, los hechos debían ser sancionados, ya que describen una imprudencia de carácter grave.

Ahora, el Tribunal Supremo critica que la Audiencia Provincial redujera la entidad de la imprudencia grave al argumentar que no había constancia de un factor de riesgo, como un parque infantil, que fue precisamente donde ocurrieron los hechos. Por todo ello, los magistrados han estimado el recurso y han impuesto a la acusada a pagar una indemnización de 5.366 euros por las lesiones y secuelas sufridas.

Imprudencia punible

La imprudencia punible es un concepto legal que refiere a la infracción o negligencia causada por el incumplimiento de un deber de cuidado, cuando esta acción genera un daño a un tercero. Este tipo de conducta puede acarrear consecuencias legales significativas, según lo dispuesto en el Código Penal de España.

Según la normativa vigente, un acto de imprudencia punible implica una acción u omisión que viola un deber de cuidado y resulta en un daño a terceros. No se castiga cualquier acto de imprudencia, sino únicamente aquellos especificados por la ley, tal como establece el artículo 12 del Código Penal.

Existen dos tipos de imprudencia reconocidos actualmente: la imprudencia grave y la imprudencia leve. La imprudencia grave se caracteriza por una falta significativa de cuidado y prudencia, mientras que la imprudencia leve implica una negligencia de menor gravedad. Ambos tipos pueden derivar en responsabilidad civil o penal, dependiendo de la naturaleza y consecuencias de la acción.

El Tribunal Supremo de España ha señalado diversas circunstancias para clasificar la imprudencia, tales como el nivel de previsibilidad del daño y la gravedad de la infracción cometida. Estos factores determinan si un acto imprudente puede clasificarse como grave o leve, y en consecuencia, si es punible según la ley.

El Código Penal castiga las imprudencias graves que resulten en delitos específicos como el homicidio, las lesiones, el aborto, la manipulación genética y otros. También son castigables las imprudencias que afecten el medio ambiente, la salud pública y el patrimonio histórico, entre otros.

La distinción principal entre imprudencia grave y leve radica en la gravedad de la infracción y no en la gravedad de sus consecuencias. La imprudencia grave despliega una mayor falta de cuidado y previsión, siendo por tanto más severamente castigada. Entre los actos específicamente punibles por imprudencia se destacan aquellos que involucran daños a terceros en contextos como accidentes de tráfico, errores médicos o manipulaciones con consecuencias severas.

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