El Supremo anula las absoluciones de los 34 procesados en la trama de corrupción del ‘caso Brugal’ al volver a incluir como pruebas las escuchas telefónicas

La fiscalía había pedido la anulación del juicio completo, pero al final los magistrados han decidido anular solamente la sentencia final, que tendrá que volver a ser dictada por la Audiencia Provincial de Alicante

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Fachada de la Ciutat de la Justicia de la Audiencia de Alicante (Joaquín Reina/Europa Press)
Fachada de la Ciutat de la Justicia de la Audiencia de Alicante (Joaquín Reina/Europa Press)

El Tribunal Supremo ha anulado las absoluciones de los 34 procesados en la trama de corrupción liderada por el Partido Popular de Alicante, conocida como el ‘caso Brugal’, entre los que se encuentran los exalcaldes populares de Orihuela Mónica Lorente y José Manuel Medina. La investigación giró alrededor de las presuntas irregularidades en la adjudicación del contrato de recogida de residuos y limpieza viaria de esta ciudad.

De esta manera se ha acordado que la Audiencia Provincial de Alicante, tribunal que llevó el caso, vuelva a deliberar y redacté una nueva sentencia, esta vez incluyendo las pruebas que la última vez había excluido por entender que derivaban de actuaciones nulas.

Estas son en concreto las escuchas telefónicas en las que se basaba toda la investigación. La Sala explica que la jurisprudencia del Tribunal Supremo reconoce al sistema SITEL (sistema de interceptación legal de las telecomunicaciones), utilizado habitualmente y que también lo fue en esta ocasión, garantías suficientes para la validez probatoria de las intervenciones que lo emplean. En este caso la autenticidad se cuestionó de manera extemporánea, sin que se practicara una prueba que desvirtuara la presunción de autenticidad de las grabaciones.

Sin embargo, la Fiscalía no ha conseguido todas sus pretensiones, ya que en su recurso solicitaban que la nulidad se extendiera a todo el juicio y no solo a la sentencia final. Sin embargo, la Sala ha rechazado esta petición del Ministerio Público y establece que el alcance de su decisión es “anular la sentencia objeto de la casación, retrotrayendo las actuaciones al momento de la deliberación y redacción de la sentencia, para que el mismo Tribunal proceda, esta vez analizando la totalidad de la prueba, con el alcance que hemos diseñado, a emitir, como no puede ser de otro modo, con libertad de criterio, el pronunciamiento que estime adecuado. En definitiva, lo acusados ya han sido enjuiciados, y desplegadas sus respectivas estrategias de defensa, por lo que no está justificado un nuevo enjuiciamiento, ni la intervención de un Tribunal distinto que el que ya presidió el juicio y que, a la postre, es el Tribunal predeterminado por la Ley”.

El papel de la trama Gürtel

La decisión ahora tomada por el Supremo viene principalmente justificada, gracias a otro caso de corrupción del PP: La ‘trama Gürtel’. El ‘caso Brugal’, acrónimo policial de Basuras Rurales Gestión Alicante, finalizó tan solo tres meses antes que se dictara el fallo de la ‘Gürtel’.

En este último caso, el Tribunal Supremo ratificó el 14 de octubre de 2020 la condena de los acusados, avalando las grabaciones de José Luis Peñas a sus conversaciones con Francisco Correa. Los magistrados consideraron que la decisión de grabar estas reuniones “no fue provocada por la Policía u otra institución pública de investigación, por lo que aun cuando moral y éticamente pueda ser cuestionada su actuación, no supuso infracción del derecho a un procedimiento con todas las garantías y del derechos a no declarar contra sí mismo y no declararse culpable”. Este fallo ha servido para anular las absoluciones, ya que sirve para demostrar como el Supremo defiende en su jurisprudencia el uso de escuchas telefónicas, origen del ‘caso Brugal’.

El ‘caso Brugal’

Ángel Fenoll, conocido como ‘el señor de las basuras’, era un excéntrico empresario que llegó a tener un zoológico en su casa y a su vez la casa en el vertedero que gestionaba. A principios de siglo fue el encargado de gestionar los residuos de muchos pueblos de la comarca en ausencia del plan zonal, por lo que despertó la atención de los políticos de Alicante.

Debido a su poder e influencia se vio involucrado en diferentes casos de corrupción relacionados con la adjudicación de contratos para la gestión de residuos, mediante irregularidades y sobornos, por los que acabó siendo condenado a 18 meses de prisión. Aunque él mismo estaba implicado en estos delitos, fue la chispa que encendió la llama de la investigación al entregar a la justicia una grabación en la que un ex concejal de Orihuela hablaba de los presuntos tejemanejes del entonces alcalde ‘popular’ José Manuel Medina para adjudicar la gestión de los residuos del municipio a una empresa de la competencia.

Tirando del hilo, la Policía comenzó a investigarle junto a otros políticos y empresarios y así nació la rama principal del ‘Brugal’, en la que están implicados los 34 procesados hasta ahora absueltos. Este caso concreto, giró en torno a la adjudicación irregular del contrato de recogida de basuras por parte del consistorio de Orihuela, la Fiscalía llegó a pedir hasta 12 años de cárcel para el exalcalde por el PP, José Manuel Medina. Hasta 15 de los acusados tuvieron en su momento la condición de autoridad o de funcionario público, incluyendo dos alcaldes y siete concejales de la localidad.

Los jueces alicantinos acabaron absolviendo a todos los implicados al considerar como nulas las escuchas telefónicas de los acusados. Esto incluyó la grabación original de Fenoll y todos los pinchazos telefónicos acordados por la Justicia en 2008, que según la Audiencia vulneró los derechos fundamentales de los procesados.

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