La Guardia Civil ha confiscado 32 animales considerados peligrosos en una residencia ubicada en Telde, una localidad de Gran Canaria, como parte de la Operación ‘Serrulatus’. El propietario de los mismos se enfrenta ahora a acusaciones relacionadas con delitos contra la flora, fauna y animales domésticos, además de un cargo contra la seguridad colectiva.
Entre los animales incautados había especies de artrópodos como tarántulas, caracoles africanos y un escorpión extremadamente venenoso. A parte, también han encontrado reptiles como serpientes, lacértidos y tortugas y más tipos de animales e insectos considerados como invasores en Canarias, como cucarachas argentinas, tenebrios, ranas arborícolas, una chinchilla y cuatro ejemplares de rata.
El Seprona de la Guardia Civil inició la investigación tras detectar anuncios en redes sociales donde el investigado promovía la venta de estos animales protegidos y peligrosos. Durante la intervención, se descubrió que los animales se encontraban en terrarios y envases de plástico sin las medidas de seguridad requeridas para estas especies. Especialmente preocupante fue la falta de precauciones con los especímenes venenosos, que representaban un peligro significativo.
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Tras confirmar la presencia de estos animales y la falta de documentación legal y medidas de seguridad, los agentes procedieron a su incautación. Los animales han sido trasladados al centro de rescate Cocodrilos Park en Agüimes. El caso y las diligencias efectuadas han sido presentados ante el Juzgado de Instrucción de Telde, el encargado de llevar adelante la causa judicial.
Delitos contra la flora y fauna
Los delitos contra la flora y fauna representan acciones ilegales que afectan negativamente el equilibrio del medio ambiente. Estas actividades ponen en riesgo a la vida silvestre y a los ecosistemas naturales. En España, estas conductas están reguladas por el Código Penal bajo el Título XVI, específicamente en los artículos 332 y siguientes.
Según la legislación, el Código Penal español tipifica estos delitos debido al impacto significativo que tienen en la biodiversidad y la sostenibilidad ecológica. Estas normas buscan proteger tanto el hábitat como las especies de flora y fauna silvestres. Además del Código Penal, varias disposiciones legales complementan esta protección, incluyendo el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (Real Decreto 439/1990) y la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.
Los delitos contra la flora se definen como actos que dañan especies protegidas de flora silvestre, incluyendo acciones como tala, corte, arranque, recolección, compra, tenencia, destrucción y tráfico de estas especies o sus derivados. Las penas para estos delitos pueden incluir prisión de seis meses a dos años, multas de ocho a veinticuatro meses, e inhabilitación para ejercer profesiones relacionadas durante seis meses a dos años. En caso de que las especies afectadas estén en peligro de extinción, las penas se incrementan.

A pesar de que la caza y pesca están permitidas con ciertas condiciones, las infracciones a las normativas pueden acarrear penas de prisión de seis meses a dos años o multas de ocho a veinticuatro meses, junto con inhabilitación para cazar o pescar por dos a cuatro años. Las acciones ilegales incluyen la captura, posesión, comercialización, destrucción y tráfico de especies protegidas y la alteración significativa de sus hábitats. Si las especies están en peligro de extinción, las penas se endurecen.
Por otro lado, las sanciones también aplican si los actos son realizados con armas, sean o no relacionadas con la caza. En estos casos, se impone la prohibición de posesión y porte de armas por dos a cuatro años.
La introducción o liberación de especies de flora o fauna no autóctona también está penada por la ley debido a los riesgos que estas pueden representar para el equilibrio ecológico. Las sanciones incluyen prisión de cuatro meses a dos años o multas de ocho a veinticuatro meses, además de inhabilitación para ejercer profesiones relacionadas durante uno a tres años.
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