La pensión compensatoria es un recurso legal previsto en el Código Civil español para atender los desequilibrios económicos que puedan surgir tras un divorcio o una separación. Este concepto se describe en el Artículo 97 del mencionado código, que establece el derecho a una compensación para el cónyuge que experimente un empeoramiento económico debido a la ruptura matrimonial.
Este tipo de pensión es solicitada por el miembro de la pareja que enfrenta dificultades económicas post-divorcio y debe ser establecida mediante un convenio regulador o sentencia judicial. La pensión compensatoria puede ser temporal o indefinida, dependiendo de las circunstancias particulares de cada caso. Según el Tribunal Supremo, casos específicos pueden justificar una pensión de larga duración, aunque lo normal es que tenga un período definido.
El pago de la pensión compensatoria puede realizarse de varias maneras: mediante pagos periódicos, que generalmente son mensuales, o a través de una compensación única. En algunos casos, se puede otorgar una propiedad como parte del acuerdo, permitiendo al beneficiario disponer de bienes que le proporcionen estabilidad. Adicionalmente, el monto de la pensión puede establecerse como una cantidad fija o como un porcentaje de los ingresos del pagador.
Consecuencias de no pagar la pensión compensatoria
El incumplimiento en el pago de la pensión compensatoria, establecida en una sentencia de divorcio, separación o nulidad, puede traer serias consecuencias legales para el cónyuge deudor. Si el cónyuge obligado no puede hacer frente al pago de la pensión, es necesario presentar una demanda de modificación de medidas, acompañada de pruebas documentales que justifiquen la imposibilidad de cumplir con las condiciones establecidas previamente. Hasta que esta demanda sea resuelta, el deudor debe continuar pagando la pensión para evitar sanciones legales.
Entre las medidas inmediatas que puede tomar el cónyuge acreedor está la presentación de una demanda de ejecución de sentencia. Esto podría dar lugar al embargo del sueldo, cuentas bancarias, acciones u otros activos del deudor. En ausencia de activos financieros, se puede proceder al embargo de bienes inmuebles, como la vivienda.
En casos más extremos, y menos recomendables, se puede recurrir a la vía penal. Esto es posible cuando se han incumplido dos pagos consecutivos y se demuestra que el deudor tiene la capacidad de pagar pero ha decidido no hacerlo. Este incumplimiento voluntario podría constituir un delito de abandono de familia, según la legislación vigente.
La ejecución de la sentencia de divorcio suele ser la vía preferida debido a su rapidez y eficacia en comparación con el proceso penal. En situaciones donde el deudor no oculta bienes o ingresos a través de terceros, y se demuestra que realmente se encuentra en estado de insolvencia, la demanda de ejecución puede no prosperar.
Extinción de la pensión compensatoria
El derecho a una pensión compensatoria puede extinguirse por diversas razones, una de las más comunes siendo la finalización del período establecido en el convenio regulador o sentencia judicial. Así lo explican diversos medios especializados en derecho matrimonial.
Una segunda razón para la terminación de esta pensión es el cese de la causa que motivó su otorgamiento. Por ejemplo, si la situación económica del beneficiario mejora significativamente, este podría dejar de percibir dicha compensación.
Otro motivo frecuente es el nuevo matrimonio o convivencia con otra persona del ex cónyuge beneficiario. En estos casos, es necesario probar que se trata de una relación pública y estable para que la pensión quede anulada, según lo reportado por diferentes plataformas jurídicas.