Qué pasa si al repartir una herencia aparece un descendiente ‘desconocido’ que no está incluido en el testamento

El concepto de preterición se refiere a la omisión de una persona que, por ley, tiene derecho a estar incluida en la distribución de los bienes

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Una lectura de testamento. (Foto AP/Mike Householder)
Una lectura de testamento. (Foto AP/Mike Householder)

Imaginemos, sin dar nombres -aunque le podría suceder a cierto cantante español que vive en Miami y cuyo apellido remite a un edificio religioso- la siguiente situación: una persona redacta su testamento, en el que reparte su herencia entre su familia; tras su fallecimiento, aparece un heredero del que nadie sabía nada, tal vez ni siquiera el propio testador, pero que puede probar al 100% que se trata de un descendiente, ¿qué ocurre en esos casos?

Legalmente, aquí entra en juego el concepto de preterición. Este término se refiere a la omisión en un testamento de algún heredero que, por ley, tiene derecho a estar incluido en la distribución de la herencia. Específicamente, la preterición ocurre cuando el testador, sea de manera intencional o no, deja fuera a un heredero forzoso, es decir, a aquellos que la ley establece que deben recibir de manera obligatoria una parte de la herencia, como los descendientes, ascendientes y el cónyuge (en España solo se puede desheredar bajo ciertas condiciones, como maltrato hacia el padre y otras situaciones graves).

La preterición puede ser intencional o no intencional. En el primer caso, el testador conoce la existencia del heredero, pero decide no incluirlo en su testamento, violando así las disposiciones legales que protegen los derechos de los herederos forzosos. En el segundo caso, el testador omite al heredero por desconocimiento de su existencia o por error.

Derechos de los herederos preteridos

Sea o no a propósito, el resultado es el mismo: los herederos preteridos tienen derechos claramente establecidos por la ley y sí deben recibir una parte de la herencia. Dado que todos los herederos forzosos deben recibir su legítima - la porción de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente-, esa parte también debe ir para el descendiente omitido en el testamento.

El primer paso para un heredero preterido, claro está, es demostrar su parentesco con el testador. Esto puede implicar la presentación de pruebas documentales como certificados de nacimiento o incluso pruebas de ADN.

A continuación, el heredero preterido puede presentar una demanda ante los tribunales competentes para impugnar el testamento. Esta acción legal busca anular las disposiciones testamentarias que lo han excluido y asegurar que se le otorgue la legítima correspondiente. Si se establece que la preterición fue intencional, la herencia debe ser redistribuida para incluir al heredero preterido. Esto puede implicar la reducción de las porciones asignadas a otros herederos para cumplir con la legítima.

Las diferencias entre testamento notarial abierto y cerrado cuando se recibe una herencia

En casos de preterición intencional, el heredero preterido tiene derecho a recibir su legítima estricta. Esto significa que, aunque el testador haya decidido no incluirlo, la ley garantiza que recibirá la porción de herencia que le corresponde por derecho. Si la preterición es no intencional y afecta a todos los herederos forzosos, las disposiciones patrimoniales del testamento también pueden ser anuladas. En este caso, se procede como si no hubiera testamento, distribuyendo la herencia según las reglas de la sucesión intestada.

En definitiva, el heredero preterido debe ser tratado con igualdad respecto a los demás herederos forzosos. Esto significa que debe recibir una porción proporcional de la herencia, asegurando que no sea discriminado en el reparto de bienes.

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