Cómo solicitar ayudas a la conciliación laboral a tu empresa

La conciliación laboral es un derecho fundamental que permite a los trabajadores compaginar su vida profesional con sus responsabilidades familiares y personales

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Una madre jugando con su hija, mientras el padre trabaja desde el ordenador (Freepik)
Una madre jugando con su hija, mientras el padre trabaja desde el ordenador (Freepik)

La conciliación laboral es un derecho fundamental que permite a los trabajadores equilibrar sus responsabilidades profesionales con sus obligaciones personales y familiares. Este concepto cobra una especial relevancia en la sociedad actual, donde la presión laboral y las exigencias familiares pueden generar conflictos y estrés. La conciliación laboral no solo beneficia a los empleados, sino también a las empresas, que pueden ver aumentada la motivación y productividad de su personal.

Concretamente, la conciliación laboral hace referencia a las medidas y políticas que facilitan a los trabajadores el compaginar su vida profesional con sus responsabilidades familiares y personales. Estas medidas pueden incluir la adaptación de horarios, el teletrabajo, permisos retribuidos, reducciones de jornada y otros beneficios que permitan a los empleados cumplir con sus obligaciones fuera del trabajo sin poner en riesgo su empleo o su rendimiento laboral.

El derecho a la conciliación laboral está recogido en el Estatuto de los Trabajadores (ET) y se ha visto reforzado por diversas normativas y decretos, como el Real Decreto-ley 5/2023. Esta legislación garantiza que los trabajadores puedan solicitar adaptaciones o reducciones de jornada, ampliando los colectivos beneficiarios de estas medidas.

Medidas de conciliación laboral

Existen diferentes medidas para facilitar la conciliación laboral, reguladas por el Estatuto de los Trabajadores:

  • Adaptación de la jornada laboral (Artículo 34.8 ET) Los trabajadores tienen derecho a solicitar adaptaciones en la duración y distribución de su jornada laboral para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral. Estas adaptaciones pueden incluir cambios en el horario de trabajo, la posibilidad de trabajar desde casa (teletrabajo) o modificar la forma en que se presta el servicio. El artículo establece que dichas adaptaciones deben ser razonables y proporcionadas, considerando tanto las necesidades del trabajador como las de la empresa.
  • Reducción de la jornada laboral (Artículo 37.6 ET) El artículo regula la reducción de la jornada laboral para aquellos trabajadores que necesiten cuidar a menores de 12 años, personas con discapacidad o familiares que no puedan valerse por sí mismos. Esta reducción implica una disminución proporcional del salario y debe ser solicitada dentro del horario habitual de trabajo.
Así son las empresas que redujeron la jornada laboral a cuatro días: “Funciona tanto la productividad como la conciliación, vivimos mejor”.

¿Quién puede solicitar ayudas a la conciliación laboral?

Mediante el Real Decreto-ley 5/2023, se amplió el número de personas que pueden solicitar adaptaciones o reducciones de jornada. Ahora, pueden beneficiarse de estas medidas:

  • Padres con hijos menores de 12 años.
  • Trabajadores con necesidades de cuidado hacia hijos mayores de 12 años, cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que no puedan valerse por sí mismos y no desempeñen actividad retribuida.

Este colectivo incluye a padres, hijos, cónyuges, suegros, hermanos, abuelos, nietos, cuñados y abuelos y nietos del cónyuge. El proceso para solicitar ayudas a la conciliación laboral puede variar dependiendo de los convenios colectivos y la normativa interna de cada empresa. Sin embargo, hay algunos pasos generales que se deben seguir:

  • Presentación de la solicitud: La solicitud debe presentarse por escrito, especificando claramente la adaptación o reducción de jornada que se necesita y los motivos que la justifican. Es importante proporcionar toda la información y documentación que acredite la necesidad de conciliación, como certificados médicos o justificantes de cuidado de familiares.
  • Negociación: Según el Estatuto de los Trabajadores, si el convenio colectivo no establece un procedimiento específico, la empresa y el trabajador deben abrir un proceso de negociación. Este proceso debe realizarse lo más pronto posible y no puede exceder de 15 días.
  • Respuesta de la empresa: Una vez recibida la solicitud, la empresa debe dar una respuesta por escrito. Si no responde dentro del plazo de 15 días, se presume la concesión de la solicitud. En caso de denegación, la empresa debe justificar adecuadamente los motivos y, preferiblemente, ofrecer una alternativa que cumpla con las necesidades del trabajador.
  • Evaluación de alternativas: Si la empresa propone una alternativa a la solicitud inicial, el trabajador debe evaluar si esta cumple con sus necesidades de conciliación. Es importante tener en cuenta que los tribunales suelen ser estrictos en la evaluación de las razones por las que una empresa puede denegar una solicitud de conciliación.

La empresa puede denegar la solicitud de adaptación o reducción de jornada, pero debe justificarlo con razones objetivas y ofrecer alternativas viables para la conciliación. Además, si varios trabajadores solicitan estas medidas simultáneamente, la empresa puede limitar las concesiones por razones fundadas y objetivas de funcionamiento, siempre debidamente motivadas por escrito.

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