Los funcionarios interinos son aquellos que han ingresado en una bolsa de empleo y ocupan un puesto temporalmente. La administración respectiva publica vacantes y sustituciones, que son ocupadas en orden de lista por candidatos que no obtuvieron una plaza definitiva pero que cumplen los requisitos para estar en esa bolsa de empleo.
Cuando el titular de la plaza regresa a su puesto, el interino deja el cargo y espera ser asignado a otra vacante según las necesidades. En muchas oposiciones, el haber trabajado como interino en el mismo cuerpo otorga puntos adicionales en la valoración de méritos durante la fase de concurso.
La diferencia principal entre un funcionario y un funcionario interino radica en la obtención de la plaza. Un funcionario ha superado un proceso de oposición y posee una plaza propia, mientras el funcionario interino ocupa temporalmente vacantes y sustituciones cuando el titular de la plaza está ausente o cuando la plaza está vacante.
Este tipo de trabajadores públicos llevan años en pie de guerra, denunciando contratos abusivos y solicitando que se les permita tener una plaza fija tras haber ocupado el puesto durante un tiempo determinado. Los casos sobre si deben convertirse en fijos a los interinos han ocupado una gran parte del debate judicial, pasando por los diferentes juzgados y sin tener una respuesta clara.
Tras diferentes sentencias de los juzgados españoles, el tema ha sido elevado ya dos veces al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para buscar una jurisprudencia común. Sin embargo, estos fallos no han hecho más que aumentar la confusión, por lo que ahora el Tribunal Supremo ha decidido no pronunciarse en estos litigios hasta recibir una nueva respuesta del Alto Tribunal.
Ley de interinos de 2021 y el TJUE
Para evitar los casos de abusos en España, desde 2021 está aprobada la ley de interinos con medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público. La norma establece que se podrá ser funcionario interino por un máximo de tres años. Pasado este tiempo los funcionarios podrían estabilizar su plaza tras pasar un proceso de oposiciones y los que no tengan esta oportunidad, recibirían una indemnización.
Sin embargo, los interinos piden que la solución sería convertirles en funcionarios fijos, lo que la mayoría de jueces niegan. Esto se debe a que se estaría rompiendo “los principios de igualdad, mérito y capacidad”, por los que se rigen las plazas de empleo público.
Debido a la complejidad de los casos, los magistrados han preguntado dos veces al TJUE sobre como resolverlos. Primero fue el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en febrero, y más tarde el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 17 de Barcelona, en junio.
En ambos casos los jueces europeos dieron un toque de atención a España, denunciando que se debían tomar más medidas para evitar el uso abusivo de contratos indefinidos no fijos. Esto incluye la falta de límites claros para las renovaciones y la aplicación de indemnizaciones tasadas que no se relacionan con el abuso en la renovación de los contratos, por lo que recomendaron que se modificaran las prácticas actuales para alinearse con las disposiciones del Acuerdo Marco.
Sin embargo, en ningún momento llegaron a decir que sea obligatorio la conversión de funcionarios interinos a fijos. Simplemente plantean la posibilidad de la conversión de contratos temporales abusivos en contratos indefinidos como una medida efectiva, siempre y cuando no se vaya en contra de la legislación nacional existente.