El artículo de la ‘ley mordaza’ que derogarán PSOE y Sumar fue declarado inconstitucional y los policías ya no lo aplican

El Tribunal Constitucional avaló la ley a excepción del artículo que sancionaba el “uso no autorizado” de imágenes de los agentes de los cuerpos de seguridad, por lo que policías y guardias civiles dejaron de aplicarlo

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Varios agentes de Policía Nacional
Varios agentes de Policía Nacional durante el desalojo de un edificion en el barrio de Lavapiés. (Cézaro De Luca/Europa Press)

Saltaron todas las alarmas cuando la líder de Sumar, Yolanda Díaz, anunció a primera hora de este martes, desde Bruselas, un “acuerdo” con el PSOE para “derogar” la polémica ley de Seguridad Ciudadana, mejor conocida como ley mordaza. La reforma llevó de cabeza al pasado Gobierno de coalición y acabó cayendo en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados por el veto de ERC y EH Bildu.

El gran anuncio de la vicepresidenta segunda del Gobierno se desinfló con el paso de las horas, especialmente cuando el portavoz de Interior de Sumar en el Congreso, Enrique Santiago, aclaró que el acuerdo se circunscribía a una “reforma del artículo 36 de la ley de Seguridad Ciudadana”. Ese artículo recoge las conductas que se consideran infracciones “graves” y que conllevan sanciones de entre 601 y 30.000 euros.

En concreto, clasifica 23 puntos, entre los que se encuentran “el consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos” o “la negativa a la disolución de reuniones y manifestaciones en lugares de tránsito público ordenada por la autoridad competente”. En noviembre de 2020, el Tribunal Constitucional avaló la ley mordaza, pero no el artículo 36.23, destinado al trabajo periodístico: “El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información”.

El Constitucional rechazó el inciso “no autorizado” recogido en el artículo, por lo que no lo declaró inconstitucional en su totalidad, sino sólo en esa interpretación. El Gobierno de coalición de PSOE y Unidas Podemos recogió el guante del tribunal de garantías y quiso eliminar en su propuesta las sanciones para la “mera toma de imágenes en lugares de tránsito público y manifestaciones, o su mera difusión”, pero la reforma de la ley acabó cayendo en el Congreso.

Díaz anuncia un acuerdo PSOE-Sumar para derogar la Ley Mordaza.

Los agentes ya no sancionan por ese artículo

Tras conocer que el pacto, por el momento, se circunscribe al artículo 36.23, desde el sindicato policial Jupol tildan de “surrealista” el anuncio de Yolanda Díaz sobre la supuesta “derogación” de la ley mordaza, que con el paso de las horas se tornó en la aparente derogación de un apartado que fue declarado inconstitucional.

Explican que desde el pronunciamiento del Tribunal Constitucional ya no se aplica ese artículo de la ley de Seguridad Ciudadana porque todas las grabaciones susceptibles de propuesta para sanción son “no autorizadas” y el tribunal de garantías impedía castigarlas. Por lo tanto, los agentes optan habitualmente por utilizar el salvoconducto de la normativa en materia de protección de datos con denuncias ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEDP) cuando esas imágenes se difunden a través de canales como las redes sociales, aunque no suelen tener “recorrido”.

No obstante, desde Jupol continúan rechazando de plano una futurible reforma general de la ley mordaza porque, a su juicio, “los policías y guardias civiles tendrán más difícil, y en ocasiones casi imposible, llevar a cabo su labor, y quienes sufrirán las consecuencias serán los ciudadanos, que se verán perjudicados, ya que la voluntad de unos pocos será suficiente para recortar sus derechos y libertades”.

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