Cuál es el orden de los herederos si no hay testamento

La muerte de una persona sin testamento es uno de los supuestos que contempla la sucesión intestada, también conocida como sucesión legítima o ab intestato

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Una pareja consulta los trámites de una herencia sin testamento. (Freepik)
Una pareja consulta los trámites de una herencia sin testamento. (Freepik)

Por mucho que pueda sorprender, cada vez son más los ciudadanos que prefieren no dejar por escrito cómo proceder con el reparto de sus bienes y derechos. El testamento no solo supone un ahorro de tiempo y trámites para los herederos, sino que también evita problemas y deja claras las últimas voluntades de la persona causante. Los familiares pueden recibir igual su parte correspondiente de la herencia sin necesidad de presentar este documento, no obstante, el proceso suele ser más engorroso de lo habitual.

Cuando esto sucede, en España, la llamada sucesión intestada entra en vigor. Mediante este mecanismo, la ley establece un orden específico para determinar quiénes son los herederos legítimos. Entender este orden es crucial para garantizar que los bienes se repartan de manera justa y conforme a la normativa vigente. Esta lista, ordenada en grupos, es la siguiente:

  • Descendientes: Los hijos y, en su defecto, los nietos tienen prioridad absoluta en la sucesión. Los bienes del fallecido se dividen en partes iguales entre los hijos. Si alguno de los hijos ha fallecido, su parte se reparte entre sus propios descendientes (nietos del fallecido), siguiendo el principio de representación.
  • Ascendientes: Si no hay descendientes, la herencia pasa a los padres del fallecido. En ausencia de ambos padres, los abuelos (ascendientes de grado más cercano) heredan los bienes. Si existen ascendientes de diferentes grados, se prefiere a los de grado más cercano.
  • Cónyuge superviviente: El cónyuge del fallecido tiene derecho a una parte de la herencia, pero su participación varía según la existencia de otros herederos. Si hay descendientes, el cónyuge tiene derecho al usufructo del tercio de mejora. Si no hay descendientes pero sí ascendientes, el cónyuge recibe la mitad del usufructo de la herencia. En ausencia de descendientes y ascendientes, el cónyuge hereda todo.
  • Hermanos y sobrinos: Si no existen descendientes, ascendientes ni cónyuge, la herencia se distribuye entre los hermanos del fallecido. En caso de que alguno de los hermanos haya fallecido, sus hijos (sobrinos del fallecido) heredan su parte por representación.
  • Otros parientes colaterales: Si no hay descendientes, ascendientes, cónyuge, hermanos ni sobrinos, la herencia pasa a los demás parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad (primos hermanos, por ejemplo).
  • El Estado: En ausencia de todos los herederos mencionados, los bienes del fallecido pasan al Estado, que se encargará de su administración y destino según lo establecido por la ley.
Las diferencias entre testamento notarial abierto y cerrado cuando se recibe una herencia

A tener en cuenta

Lo primero que tienen que hacer los herederos de una persona que no ha dejado testamento es acudir al Registro General de Actos de Última Voluntad, donde un notario confirmará que realmente no existe ningún escrito. El plazo para pedir esta información es de 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Si la persona causante no ha dejado testamento, será la ley la que determine quiénes son sus herederos y cuál es el orden sucesorio, como ya hemos visto.

Si bien la sucesión intestada en España sigue una estructura detallada para asegurar que los bienes del fallecido se distribuyan de manera justa entre los parientes más cercanos. Sin embargo, es importante considerar varios factores:

  • Derechos de usufructo: El cónyuge superviviente tiene derechos de usufructo sobre partes específicas de la herencia, lo que puede influir en la disposición final de los bienes.
  • División de la herencia: La distribución de la herencia debe respetar las legítimas, es decir, las porciones de los bienes que la ley reserva obligatoriamente para ciertos herederos, como los descendientes y ascendientes.
  • Procedimientos legales: La sucesión intestada implica procedimientos legales que deben seguirse estrictamente, incluyendo la declaración de herederos abintestato y la partición de la herencia.

La falta de un testamento en el proceso sucesorio puede complicar la distribución de los bienes de un fallecido, pero la legislación española establece un orden claro y estructurado para determinar los herederos legítimos. Conocer y comprender este orden es esencial para asegurar una distribución justa y conforme a la ley, evitando posibles conflictos familiares y legales.

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