El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Pamplona ha decretado el ingreso en prisión durante 4 meses a un hombre por haber incumplido el alejamiento de su expareja, a la que amenazó en la calle de la capital navarra: “Vete que sino te voy a matar; te voy a cortar el cuello”.
La sentencia ha sido dictada tras un acuerdo entre la fiscalía, la acusación particular y la defensa. El acusado había sido previamente condenado el 25 de enero de 2022 por el Juzgado de lo Penal número 5 a 56 días de trabajos en beneficio de la comunidad y se le impuso una orden de alejamiento de su expareja a una distancia mínima de 300 metros por un periodo de 12 meses, además de una prohibición de comunicación de cuatro años.
Juicio rápido
Los hechos ocurrieron el pasado 8 de julio cuando el hombre se acercó a su expareja en una calle de Pamplona, a pesar de saber que tenía vigente una orden de alejamiento. Durante una discusión, el acusado amenazó a la víctima, lo que derivó en su arresto.
El juicio rápido se celebró al día siguiente, en el que la fiscalía en un principio solicitó seis meses de prisión por el delito de quebrantamiento de medida cautelar y 57 días de trabajos comunitarios por el delito de amenazas.
Dado que el acusado ha aceptado los cargos, se le ha aplicado una reducción de la pena, quedando finalmente condenado a cuatro meses de prisión y a 38 días de trabajos en beneficio de la comunidad, más una extensión de dos años adicionales de la prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima. Considerando los antecedentes delictivos y la reincidencia del acusado, la jueza ha determinado que no era viable suspender la pena de prisión, ya que ello podría implicar un nuevo incumplimiento de las prohibiciones.
La orden de alejamiento
Una orden de alejamiento es un mecanismo legal destinado a proteger a una víctima, estableciendo una prohibición para que el acusado no se acerque o contacte con esta. Esta medida es necesaria cuando se considera que hay un riesgo objetivo para la integridad física o mental de la víctima. La orden también puede incluir restricciones para aproximarse a familiares, lugares de residencia o trabajo.
Además de la víctima, la orden puede ser solicitada por cualquier persona que esté en riesgo debido a un delito, incluyendo familiares, el Ministerio Fiscal, o el juez de instrucción. Es común que esta solicitud se realice durante la denuncia inicial.
Esta medida judicial se basa en la existencia de un delito que represente un peligro significativo para la víctima. Los casos más usuales son agresiones físicas y acoso, sea por vecinos, exparejas o en situaciones de violencia sexual. También se aplican en otros delitos graves que pongan en peligro la integridad de la víctima.
El incumplimiento de una orden de alejamiento está sancionado por el artículo 468 del Código Penal. Este delito contra la administración de justicia puede llevar a penas de prisión de seis meses a un año o multas de 12 a 24 meses, dependiendo de la situación específica.
La cancelación de una orden de alejamiento no puede ser solicitada directamente por las partes implicadas. Solo un juez puede revocar la orden, ya sea por decisión propia o porque se ha cumplido el plazo establecido en la misma. En casos donde los menores estén involucrados, la orden puede tener implicaciones sobre la custodia y el régimen de visitas, siempre buscando proteger el bienestar de los hijos.