La reforma laboral, que entró en vigor en 2022, ha reducido notablemente la elevada temporalidad que sufrían numerosos trabajadores. Esta se derivaba de un encadenamiento excesivo de contratos de corta duración en puestos de trabajo permanentes. La reforma, aprobada con el visto bueno de los sindicatos y de la patronal, implicaba cambios en la modalidad contractual realizados de forma inmediata. La tasa de temporalidad (porcentaje de asalariados con contrato temporal respecto al total) ha descendido del 25,4% del cuarto trimestre de 2021 al 16,5% del mismo periodo de 2023, según la EPA, lo que supone la menor cifra en más de tres décadas.
Esta forma de contratación, por tanto, está más limitada para empresarios y organismos públicos. Su legalidad está regida por el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, que versa sobre la duración del contrato, y que establece que un contrato de trabajo puede concertarse por tiempo indefinido o por una duración determinada. Existen varios casos en los que un contrato que en principio es temporal, deberá pasar a ser indefinido.
Prórrogas de contrato temporal agotadas
El contrato laboral debe convertirse en indefinido cuando el trabajador ha estado contratado durante más de 24 meses en la misma empresa, a través de dos o más contratos temporales, dentro de un periodo de 30 meses. Superado este límite temporal, la ley prohíbe la sucesión de contratos temporales para el mismo puesto o funciones similares. No obstante, es común que algunas empresas continúen esta práctica de encadenamiento de contratos temporales, a menudo incurriendo en fraude de ley para evitar asumir las obligaciones y beneficios asociados a los contratos indefinidos.
Según la legislación vigente, esta medida busca proteger la estabilidad laboral de los trabajadores, garantizando que después de un cierto periodo, los empleados adquieran los derechos propios de un contrato indefinido, como la indemnización por despido y la mayor seguridad en el empleo. Además, las empresas que incumplen esta normativa pueden enfrentarse a sanciones y multas por parte de las autoridades laborales.
Duración máxima de los contratos de obra y servicio
Los contratos de obra y servicio firmados después del 18 de junio de 2020 no pueden tener una duración superior a 3 años, aunque se pueden extender un año adicional mediante convenio colectivo. Superado este plazo, el contrato debe convertirse en indefinido.
Bonificación para convertir contratos temporales en indefinidos por razones de producción
Existen bonificaciones destinadas a fomentar la contratación indefinida, recogidas en el Real Decreto-ley 4/2013 del 22 de febrero. Estas bonificaciones se aplican al pasar un contrato temporal a indefinido y varían si se trata de trabajadoras, personas jóvenes o personas con discapacidad.
Incumplimiento de la legalidad por parte de la empresa
El contrato de un trabajador debería convertirse en indefinido en los siguientes casos de incumplimiento legal por parte de la empresa:
- No ha dado de alta al trabajador en la Seguridad Social o lo ha hecho tarde.
- El contrato no ha sido formalizado por escrito.
- El trabajador continúa trabajando después de la expiración del contrato.
- Se ha superado la duración del contrato temporal.
- El contrato se ha realizado en fraude de ley, ya que su naturaleza no era realmente temporal.
Decisión de la empresa
La empresa puede decidir convertir un contrato temporal en indefinido si valora positivamente el desempeño del trabajador y desea contar con él más allá de la duración inicial del contrato. Por ello, es importante que los trabajadores se desempeñen de forma destacada, ya que pueden obtener un contrato indefinido, incluso si inicialmente fueron contratados de manera provisional.