Esta es la velocidad a la que salta el radar de 120 km/h

Una orden ministerial obliga a todos los radares a contar con un margen de tolerancia para evitar errores de medición

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Atasco en la autovía A5, en el inicio del Puente del Pilar, a 11 de octubre de 2023, en Madrid (España). (Alejandro Martínez Vélez / Europa Press)
Atasco en la autovía A5, en el inicio del Puente del Pilar, a 11 de octubre de 2023, en Madrid (España). (Alejandro Martínez Vélez / Europa Press)

Una de nuestras principales preocupaciones al conducir es regresar a casa sin haber recibido ninguna multa. La manera más efectiva de evitar sanciones es respetar las señalizaciones de tráfico que indican la velocidad máxima permitida. Sin embargo, si se ha conducido un poco más rápido de lo permitido y pasado frente a un radar, es inevitable preguntarse: ¿me llegará una multa?

Aunque pueda parecer sorprendente, la velocidad máxima a la que un automóvil puede circular en una carretera no coincide exactamente con la velocidad a partir de la cual la Dirección General de Tráfico (DGT) puede imponer una sanción. El margen de error de un radar refleja la diferencia entre el límite permitido y la velocidad real desde la cual se pueden aplicar multas. Los dispositivos tecnológicos actuales son cada vez más sofisticados y precisos, por lo que es esencial que los conductores sigan las normas establecidas en todo momento.

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¿Qué es la regla del 5 y la regla del 7?

La regulación de estos márgenes se establece en la Orden Ministerial del 7 de febrero de 2020, que controla metrológicamente ciertos instrumentos de medición. Según uno de sus anexos, los errores máximos permitidos para los cinemómetros (radares) están claros. Para los radares fijos y de tramo, el margen máximo es de 5 km/h para velocidades superiores a 100 km/h y del 5% para velocidades iguales o inferiores a esta. Esta normativa es conocida como la “regla del 5″. Por ejemplo, para un límite de velocidad de 90 km/h, los conductores serán sancionados si superan los 95 km/h.

Por otro lado, la “regla del 7″ se aplica a los radares móviles. Según la orden, los radares en carreteras con un límite de 100 km/h solo multan cuando el vehículo excede ese límite en 7 km/h. Así, en una vía con un límite de 50 km/h, los conductores serían sancionados si superan los 57 km/h.

¿Y si se sobrepasan los 120 km/h?

Si la velocidad sobrepasa los 100 km/h, la fórmula cambia ligeramente. En estos casos, la Dirección General de Tráfico (DGT) informa que se añadirá un 7% al límite indicado en la señal. Por lo tanto, para un límite de 110 km/h, la multa se aplicará si se supera la velocidad de 117,7 km/h. Para un límite de 120 km/h, los radares están programados para saltar a partir de los 128,4 km/h. Esta regla se aplica consistentemente para todas las velocidades superiores a 100 km/h.

Es esencial tener presente estas regulaciones para evitar sanciones inesperadas y fomentar una conducción segura en todo momento. La tecnología de los radares es cada vez más precisa, pero los márgenes de error permitidos por la normativa proporcionan un pequeño colchón de seguridad para los conductores. No obstante, respetar los límites de velocidad establecidos sigue siendo la mejor forma de evitar multas y, lo más importante, de garantizar la seguridad vial.

Una DGT a medio gas porque el 55% de las plazas de sus funcionarios de oficina están vacantes: los trámites de Ibiza los tienen que hacer en Burgos.

Cuánto se debe pagar por una multa por velocidad

En España, las sanciones por exceso de velocidad dependen del grado de infracción cometido. Las multas varían entre los 100 y los 600 euros, y pueden acarrear una pérdida de puntos en el carnet de 2 a 6, dependiendo de la gravedad.

Según informa la DGT en su web, conducir a una velocidad superior en 60 km/h en vías urbanas y en 80 km/h en vías interurbanas se considera un delito. Por ejemplo, transitar a una velocidad de entre 121 y 150 km/h en carreteras con un límite de 120 km/h implica una multa de 100 euros, sin pérdida de puntos. Sin embargo, si se es detectado circulando entre 151 y 170 km/h, la sanción se eleva a 300 euros y se reducen dos puntos del carnet.

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