Un hombre recibe una condena de un año de cárcel tras coger el móvil de su mujer sin autorización y leer sus mensajes de WhatsApp, ver sus redes e imágenes

La Justicia consideró probado que el condenado violó la privacidad y el derecho a la intimidad de su esposa. Además, se le ha prohibido aproximarse a la víctima a menos de 500 metros y comunicarse con ella durante dos años

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Fotografía de archivo en donde se ve a una persona que utiliza un teléfono móvil (EFE/Cristóbal Herrera-Ulashkevich)
Fotografía de archivo en donde se ve a una persona que utiliza un teléfono móvil (EFE/Cristóbal Herrera-Ulashkevich)

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un hombre a un año de cárcel por coger el teléfono de su esposa sin su autorización y leer sus mensajes de WhatsApp, redes sociales y fotografías. La sentencia original del Juzgado Penal, fechada el 2 de junio de 2023, probó que el acusado había cometido un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

El acusado, mayor de edad, de nacionalidad española y sin antecedentes penales, está casado con la víctima, con quien tiene un hijo en común. Durante el verano de 2022, cuando la relación matrimonial se encontraba deteriorada y la víctima manifestó su intención de separarse, el acusado comenzó a tener actitudes de acoso y control hacia ella.

En este contexto, sin su autorización le cogió el teléfono, le cambió la contraseña y leyó sus mensajes de WhatsApp, redes sociales e investigó sus fotografías. Durante un viaje a Francia en agosto de 2022, sólo le permitió usar el teléfono puntualmente, volviendo a apoderarse del dispositivo después. Posteriormente, la víctima tuvo que cambiar de teléfono y de tarjeta SIM.

La Audiencia Provincial confirmó la sentencia del Juzgado Penal, destacando la violación de la privacidad y el derecho a la intimidad de la víctima, constituyendo un delito de descubrimiento de secretos, según el Código Penal español. El acusado fue condenado a un año de prisión y 12 meses de multa con una cuota diaria de seis euros, sumando un total de 2.160 euros. Además, se le prohibió aproximarse a la víctima a menos de 500 metros y comunicarse con ella durante dos años.

Violencia de género

Además del delito de descubrimiento de secretos, el acusado fue condenado por un delito leve de injurias en el ámbito de la violencia de género. El tribunal tomó en cuenta un mensaje enviado por el acusado el 23 de octubre de 2023, en el que insultaba gravemente a la víctima. Por este delito, se le impuso la pena de diez días de localización permanente y la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante seis meses.

Una de las batallas que la extrema derecha pelea de manera insistente es negar el término “violencia machista” para denominarla “violencia doméstica” o “violencia intrafamiliar”. Son distintas formas de referirse a un mismo hecho, lo importante son los matices

El recurso de apelación fue interpuesto por la representación del Ministerio Fiscal, al que se adhirieron el acusado y la víctima. Este recurso solicitaba la revocación de la sentencia y la valoración de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Sin embargo, la Audiencia Provincial desestimó el recurso, señalando que no se agotaron todos los cauces procesales previstos para subsanar posibles omisiones en la sentencia original.

La Audiencia Provincial de Madrid ratificó la condena al acusado, subrayando la importancia del respeto a la privacidad y la intimidad en las relaciones personales. La lectura no autorizada de mensajes y la apropiación del teléfono de su esposa constituyeron una violación grave de estos derechos, justificando plenamente la condena impuesta.

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