El Tribunal Supremo falló en una reciente sentencia que la indemnización por perjuicios morales a familiares de trabajadores afectados por accidentes laborales solo será aplicable en casos de gran invalidez, y no a aquellos de incapacidad permanente absoluta. En esta resolución, el tribunal se pronunció sobre el caso de un trabajador de Aves Inavico, S.L., que sufrió un accidente en el centro de trabajo de la localidad de Olvera.
El dictamen fue emitido el 5 de junio de 2024 por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con la magistrada Concepción Rosario Ureste García como ponente. Esta resolución revirtió parcialmente una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que había concedido una indemnización por daños morales a los familiares del trabajador, incluida dentro del pago total de 548.727.39 €.
Tal y como se corrobora en la sentencia de la base de datos de diariolaley, el caso se remonta al 18 de noviembre de 2013, cuando el trabajador, identificado como don Rodolfo, resultó gravemente lesionado mientras descargaba jaulones de aves. Las heridas sufridas llevaron a su reconocimiento con una incapacidad permanente absoluta, con un 88% de discapacidad y un grado II de dependencia severa.
Inicialmente, el Juzgado de lo Social Nº 3 de Jerez de la Frontera había fallado a favor del trabajador, condenando a la empresa y a las aseguradoras a pagar una indemnización que incluía una compensación de 100.000 euros por perjuicios morales a los familiares del empleado. Sin embargo, esta parte de la sentencia fue apelada por Aves Inavico, S.L. y Mapfre Seguros de Empresas ante el Tribunal Supremo.
De acuerdo con la sentencia del 12 de diciembre de 2019, citada como precedente, el Tribunal Supremo indicó que el baremo de indemnizaciones solo contempla compensaciones por perjuicios morales a familiares en casos de gran invalidez, definidos como aquellos que requieren la ayuda continua de otras personas para las actividades esenciales de la vida diaria.
La decisión del Tribunal Supremo se basa en que, aunque la situación del trabajador Rodolfo es crítica, no se encuadra en el supuesto de gran invalidez, por lo que no procede la indemnización por perjuicios morales a sus familiares. Esta interpretación del baremo es consistente con la jurisprudencia establecida por la Sala I del Tribunal Supremo.
Esta resolución ajusta la indemnización concedida a Rodolfo, excluyendo los 100.000 euros relacionados con los perjuicios morales de familiares, y mantiene el resto de los pronunciamientos del Juzgado de lo Social de Jerez de la Frontera. De este modo, la indemnización total queda en 448.727,39 euros.
El tribunal médico, clave en la concesión de la pensión de incapacidad permanente
Una reciente publicación del bufete de abogados Fidelitis, especializado en la obtención de pensiones por incapacidad permanente, ha puesto de relieve una denegación sorprendente de una solicitud de pensión por gran invalidez por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
El caso, presentado en la sección llamada “Casos locos del tribunal médico” del perfil de la marca en TikTok, mostró que el Tribunal Médico del INSS empleó una estrategia particular: entrevistó al solicitante de la prestación y a su asistente por separado. Las discrepancias en las respuestas de ambos llevaron al Tribunal a rechazar la solicitud, al considerar que no había pruebas suficientes de la relación de dependencia necesaria para la mencionada incapacidad.
La pensión por gran invalidez es el mayor grado de incapacidad previsto por la Ley General de la Seguridad Social en España. Se otorga a los trabajadores cuya incapacidad permanente les obliga a depender de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida.
Fidelitis advirtió a futuros solicitantes sobre esta estrategia del Tribunal Médico del INSS, recomendando que tanto el solicitante como su asistente estén bien preparados y ofrezcan respuestas coherentes durante las entrevistas. La coherencia en las respuestas parece ser clave para el éxito de una solicitud de este tipo, según destacan los abogados de Fidelitis.
En España, las evaluaciones para determinar los grados de incapacidad las lleva a cabo el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) del INSS. Estos exámenes incluyen cuestionarios psicológicos, exploraciones físicas y pruebas específicas según la dolencia del paciente. Las respuestas de los solicitantes a preguntas sobre su estado de salud y las dificultades en su vida diaria juegan un papel crucial en la decisión final.