La agitadora ultra Cristina Seguí, condenada a 15 meses de prisión por difundir un vídeo de una menor víctima de la violación en Burjassot

El Juzgado de lo Penal número 10 de Valencia multa también a la confundadora de Vox con una multa de 12.000 euros por difundir el vídeo y se le atribuyen delitos contra la integridad moral y de descubrimiento y revelación de secretos

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La acusada, Cristina Seguí, en el juicio. (EUROPA PRESS)
La acusada, Cristina Seguí, en el juicio. (EUROPA PRESS)

Cristina Seguí, la agitadora de ultraderecha y cofundadora de Vox, ha sido condenada a una pena de 15 meses de cárcel por publicar un vídeo en el que aparecen dos menores que cuando tenían 12 y 13 años en 2022 denunciaron una violación grupal en la localidad valenciana de Burjassot, revelando así su identidad. Así lo ha decidido el Juzgado de lo Penal número 10 de Valencia este jueves, donde han sentenciado que Seguí cometió los delitos contra la integridad moral y de descubrimiento y revelación de secretos.

La presidenta de Gobierna-te también deberá abonar 12.000 euros a la madre de una de las menores en concepto de responsabilidad civil y tendrá que pagar una multa de 10 euros durante tres meses.

Los hechos ocurrieron el 19 de mayo de 2022, en X, antes Twitter, cuando publicó un vídeo deL Instagram de una de las chicas víctimas de violación en Burjassot en la que aparecía ella con dos amigas más, también menores, y en el que se recogía, con imagen y sonido, una conversación entre las tres, con las caras cubiertas por un filtro. Seguí difundió el vídeo a sus más de 200.000 seguidores con el siguiente comentario: “Está todo mal, no es una niña de 12, sino de 15 o 16, el sexo fue acordado y consentido y lo hicieron para hacerse famosas en TV gracias a medios de difusión como vosotros”. Ese vídeo fue enviado a la acusada por la madre de un compañero de instituto de una de las menores. Esta no había grabado ni capturado el vídeo por sí misma, sino que lo obtuvo y posteriormente lo envió a Seguí.

El caso fue denunciado en mayo del año pasado y cuatro de los cinco autores aceptaron penas de entre tres y cinco años de internamiento, aunque uno de ellos era inimputable por ser menor de 14 años.

El vídeo se difundió “con la intención de menospreciar y denigrar” públicamente a las menores

Según la sentencia, el texto fue escrito y difundido “con la intención de menospreciar y denigrar” a esas menores públicamente, cosa que consiguió, de manera que una de las niñas vio agravada la situación psicológica sufrida por la agresión sexual como consecuencia de que ese video fuera visto por terceros a quien ella no tenía en su círculo de contactos en Twitter y sin su conocimiento ni consentimiento”, según la sentencia que ha facilitado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana a EFE.

Ese mismo día, Seguí acudió al programa Estado de alarma, donde mostró y comentó el vídeo bajo el título Desmontando la falsa manada de Burjassot, con Cristina Seguí. Sin embargo, a petición de la Agencia Estatal de Protección de Datos el vídeo fue eliminado de las redes sociales y los enlaces están deshabilitados.

Las consecuencias de lo ocurrido tuvieron repercusión en el estado de la menor, que padece estrés postraumático agravado por la difusión del video, tuvo de cambiar de colegio y recibe tratamiento psicológico, según se indica en la sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial en un plazo de 10 días.

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