Un juzgado de Barcelona investiga al fundador de Glovo por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores

En la denuncia, la fiscalía afirma que la compañía no cumple con la normativa dictada tras las diferentes sentencias judiciales en las que se confirmaba que los repartidores son falsos autónomos

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Una mujer pasando junto a repartidores de Glovo en Kiev, Ucrania (REUTERS/Valentyn Ogirenko)
Una mujer pasando junto a repartidores de Glovo en Kiev, Ucrania (REUTERS/Valentyn Ogirenko)

El Juzgado de Instrucción número 31 de Barcelona ha iniciado una investigación contra la compañía de reparto a domicilio Glovo y su fundador y consejero delegado, Óscar Pierre Miquel, a raíz de una denuncia presentada por la Fiscalía de Barcelona debido a un presunto delito contra los derechos de los trabajadores, según ha adelantado EL PERIÓDICO y han confirmado fuentes judiciales.

En la denuncia, el ministerio público afirma que la compañía no cumple con la normativa dictada tras las diferentes sentencias judiciales en las que se confirmaba que los repartidores son falsos autónomos, condición con la que la compañía se ahorraba dinero a costa de los riders y con la que se “menoscaba y suprime” los derechos de los trabajadores.

“Glovo utiliza trabajadores a los que exige su alta en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia de la Seguridad Social, estableciendo con ellos una relación en apariencia mercantil que le permite reducir sus costes empresariales”, expresa el organismo en el documento.

Desde hace varios años, Glovo se enfrenta a un conflicto con el Ministerio de Trabajo por su esquema de empleo. Hasta la fecha, la compañía ha acumulado decenas de juicios y sanciones de la Inspección de Trabajo por toda España, que ha obligado a regularizar como asalariados a cerca de 40.900 repartidores y ha supuesto un desembolso a la compañía de cerca de 253 millones de euros

El Ministerio de Trabajo ha citado 18 sentencias, incluida una del Tribunal Supremo, para fundamentar la denuncia. Según estos fallos, la relación entre Glovo y sus repartidores es propia de una relación laboral y no de autónomos. Las sentencias subrayan que los repartidores no tienen autonomía laboral y que Glovo organiza y dirige sus tareas diarias mediante su plataforma digital.

“A pesar de todo lo anterior, Glovo continúa manteniendo la misma relación de trabajo con sus trabajadores, incluso en fecha posterior a 12/01/2023, quienes se siguen viendo obligados a darse de alta como autónomos y a abonar sus propias cotizaciones si quieren continuar prestando los servicios para la empresa” afirma la fiscalía.

La Inspección de Trabajo está preparando nuevas sanciones contra Glovo por operar bajo este modelo laboral en las principales ciudades de España. Hasta ahora, la empresa ha destinado hasta 430 millones de euros para cubrir estas posibles sanciones. El único denunciado hasta ahora es Oscar Pierre Miquel.

Ley <i>rider </i>

La ley, puesta en marcha por el Ministerio de Trabajo -en ese momento bajo las directrices de la ahora vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz- en agosto de 2021, pone el foco en detectar y regularizar la situación de los falsos autónomos, es decir, todos aquellos trabajadores que realmente no disponen de una infraestructura empresarial propia y prestan sus servicios para una empresa que los subcontrata.

En 2022, el Gobierno modificó el artículo 311.2 del Código Penal e introdujo penas de prisión de entre seis meses y seis años para las empresas reincidentes en la contratación de falsos autónomos

La primera multa de dicho ministerio a la compañía Glovo llegó en enero de este 2024, por emplear de forma fraudulenta a 49 riders en Asturias.

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