Este domingo terminó el período de aviso a los turismos que tienen restricciones de acceso a la ciudad de Madrid. Esto significa que a partir de este lunes 1 de julio todo coche que no cumpla las condiciones establecidas y entre en la capital será multado con 200 euros, o 100 por pronto pago.
Según los datos del Ayuntamiento, hasta ahora se registran 3.751 accesos diarios indebidos en el interior de la M-40. Desde el período de aviso se ha reducido un 34,2% los accesos y se espera que a partir de este lunes el número retroceda aún más, hasta los 1.400 diarios.
Los vehículos que no tienen permitido el acceso
Esta medida afecta a los vehículos que no posean distintivo medioambiental, que no podrán acceder al interior de Madrid más allá de la M-40. Estos son los turismos diésel anteriores al año 2006 y a coches de gasolina fabricados antes del año 2000, con categorías 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno).
Para poder circular por la ciudad, estos vehículos deben estar empadronados en Madrid antes de 2022 o deben pagar el impuesto de circulación en la capital. Si no cumplen estas condiciones, solo podrán transitar por vías como la M-40, la M-45 y la M-50, así como las autovías radiales hasta el límite de la M-40, que no tienen restricciones.
Cabe destacar que furgonetas, camiones y motos no se verán afectados por estas restricciones. La prohibición se centra únicamente en los vehículos de pasajeros que no cumplen con los estándares medioambientales especificados.
Otras medidas vigentes
A partir de esta fecha, habrá una ampliación de la prohibición de circulación de vehículos categorizados como A en la capital española. Esta medida afectará tanto a turismos empadronados en Madrid como a otros tipos de vehículos A, incluyendo camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores.
Desde la mencionada fecha, las únicas excepciones a esta restricción serán los vehículos de emergencias, Fuerzas Armadas, aquellos con la clasificación de históricos y los vehículos especialmente adaptados para personas con movilidad reducida. Estos últimos deben estar inscritos en el sistema de gestión de accesos a Madrid ZBE y exhibir la tarjeta de estacionamiento correspondiente.
El Ayuntamiento de Madrid ha recordado que, a pesar de la generalización de las normas, las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) mantendrán reglas adicionales:
- En la ZBEDEP Distrito Centro: Está prohibido el acceso a vehículos con etiqueta A, y los vehículos con etiquetas B y C solo pueden ingresar si estacionan en un aparcamiento adherido al sistema de gestión de permisos de la ZBEDEP o si pertenecen a las excepciones como residentes, empresas, personas con movilidad reducida, servicios públicos o transportes colectivos.
- En ZBEDEP Plaza Elíptica: Está vedado el acceso y circulación para todos los vehículos A, salvo aquellos incluidos en las excepciones previstas para residentes, empresas, personas con movilidad reducida, servicios públicos y transportes colectivos.
Estas disposiciones forman parte de los esfuerzos del ayuntamiento para reducir la contaminación en la ciudad, alineándose con políticas medioambientales más estrictas y promoción de alternativas sostenibles. El objetivo es mejorar la calidad del aire y hacer de Madrid una ciudad más habitable para todos sus habitantes.