Qué pasa si presentas la declaración de la Renta fuera de plazo: esta es la fecha tope

Durante el primer mes, del 3 de abril al 7 de mayo, más de 8.200.000 personas presentaron su declaración. Ahora la campaña llega a su fin, pero todavía son muchos los despistados que, por una u otra razón, han dejado el trámite para el último momento

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La declaración de la Renta puede presentarse de forma online desde el pasado 3 de abril. (Carlos Luján / Europa Press)
La declaración de la Renta puede presentarse de forma online desde el pasado 3 de abril. (Carlos Luján / Europa Press)

El próximo 1 de julio es el último día para presentar la declaración de la renta del ejercicio 2023, tal y como indica el calendario de la propia administración pública. Una gran parte de los ciudadanos ya ha finalizado un trámite que puede implicar tanto un pago como un beneficio significativo para los contribuyentes. Durante el primer mes, del 3 de abril al 7 de mayo, más de 8.200.000 personas presentaron su declaración. Ahora la campaña llega a su fin, pero todavía son muchos los despistados que, por una u otra razón, han dejado el trámite para el último momento. Quienes todavía no lo han hecho deben apresurarse para evitar las sanciones y multas que impondrá la Agencia Tributaria en caso de no presentarla o cometer errores.

La plataforma web TaxDown advierte sobre las consecuencias de no presentar la declaración a tiempo, destacando que el tipo y la magnitud de las sanciones dependen de diversos factores, incluyendo el tiempo de retraso y si la declaración resulta a ingresar o devolver.

Sanciones, recargos y multas

Cuando la declaración resulta a pagar y la administración no ha notificado al contribuyente sobre su falta de presentación, es crucial hacerlo lo antes posible, ya que en estos casos, se aplicará un recargo progresivo (un porcentaje adicional que varía en función del tiempo que haya pasado sin haber presentado la renta, y de la cifra que sale a pagar) que incrementa en un 1% mensual hasta alcanzar un 15% después de 12 meses. Además, este recargo conlleva los intereses de demora aplicables.

En situaciones donde la declaración resulte a ingresar y la administración ha notificado al contribuyente, las sanciones son más elevadas. El recargo puede oscilar entre el 50% y el 150% de la cifra adeudada, aunque es posible reducirlo al 30% si se acepta sin recurrir, o al 25% si se paga dentro del período voluntario especificado.

En los casos en los que la declaración salga a devolver y no hay requerimiento de Hacienda, el contribuyente tiene que hacer frente a una multa de 100 euros. Es el caso, según explica Tax Down, de personas que creían que no estaban obligados a hacer la declaración, y sí tenían que hacerlo. Si hubiese habido previo aviso de Hacienda, la multa es aun mayor: 200 euros.

Sanciones por no pagar cuando sale a ingresar

Cuando la declaración ha sido presentada pero no se ha efectuado el pago por falta de fondos, los recargos varían:

  • 5% si el ingreso se realiza antes de ser requerido
  • 10% si se paga dentro del plazo estipulado tras la notificación de Hacienda
  • 20% si se incumple el plazo, aplicándose un interés de demora del 3,75% sobre la cantidad no pagada.

Qué son las cartas del miedo

Se trata de un documento que funciona a modo de aviso para advertir a los contribuyentes que se han olvidado de rendir cuentas con la Agencia Tributaria. El organismo utiliza este mecanismo para alertar a los ciudadanos que no han presentado la declaración de la renta en plazo y que están obligados a ello. El fisco reclama, de este modo, el dinero al que asciende la deuda en caso de que la declaración salga a pagar y las correspondientes tasas por el retraso y el tiempo de demora.

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